Decreto Nº 1224-2022

Increméntase el cupo  de  guardias  activas  y  pasivas,  profesionales  y  no profesionales  para  el  mes  de  Abril. [1]

 

Estado de la norma: VIGENTE.-

Publicado en el B.O. 3521 del 03-06-22.-

Dictado el 26-04-22.-

Operador del Digesto: M.L.E..-

 

 

 

VISTO:

 

          El Expediente Nº 3568/20, caratulado: "MINISTERIO DE SALUD S/ INCREMENTO CUPO DE GUARDIA PARA REFORZAR ETAPA DE CONTENCION DE EPIDEMIA"; y

 

CONSIDERANDO:

 

          Que por Artículo 46 de la Ley Nº 3403, se mantiene hasta el día 30 de junio de 2022, el estado de Máxima Alerta Sanitaria declarado en el artículo 1º del Decreto Nº 521/20.-

 

          Que en aras de disponer de todos los recursos para hacer frente a las acciones necesarias para difundir los patrones de comportamiento deseables en la pandemia, atender a la comunidad y tratar de dar suficiente cobertura en la emergencia, se emprendieron en el ámbito de la provincia distintas acciones preventivas y de preparación de respuesta ante eventos emergentes, entre las que se cuenta la ampliación de la infraestructura hospitalaria;

 

          Que en ese sentido debió preverse mayor atención profesional y no profesional para cubrir los nuevos servicios e instalaciones habilitadas, requerido para el mes de abril del presente año, detallando el recurso humano requerido para cada servicio según especialidad y tipo de guardia;

 

          Que el detalle ha considerado la cobertura previsible para el Establecimiento Asistencial Dr. Lucio Molas, el Establecimiento Asistencial Gobernador Centeno, la Zona Sanitaria I, el Centro Sanitario I, el Centro Sanitario, la Dirección General de Asistencia Social y Comunitaria, y la Subsecretaría de Adicciones;

 

          Que se ha informado las necesidades para la vigilancia epidemiológica, salud mental, asistencia a personas en hoteles, personal especificamente afectado al área del centro emergente, en administración, clínica médica, enfermería, consultorios, laboratorios, radiología, terapia intensiva, hospitales modulares; unidad de cuidados intensivos ambulatorio, diagnostico por imágenes, Unidad de Terapia Intensiva, Unidad de Terapia Intensiva, Unidad sanitaria de paciente;

 

 

          Que por Decreto Nº 1053/20  se modificó excepcionalmente el cupo de guardias y tope del importe de la valoración total mensual dispuesta por Decreto Nº 4943/18, prorrogado por Decretos Nº 2128/19; Nº 3477/19Nº761/19, modificados por Decretos Nº 636/20 y Nº 642/20 conforme a los nuevos requerimientos sanitarios por las cuestiones epidemiológicas vigentes;

 

          Que por motivos de servicio, por Decreto Nº 4950/21, se extendió desde el 1º de abril hasta el 30 de Junio de 2022, el incremento del cupo básico de guardias establecido en el artículo 1º del citado Decreto Nº 4943/18, cuya prórroga ha sido establecida por los mencionados Decretos Nº 2128/19; Nº 3477/19Nº761/19, con las modificaciones impuestas por los Decretos Nº 636/20; Nº 642/20 y Nº1738/20;

 

                    Que además, como la emergencia epidemiológica continua vigente es necesario prorrogar, durante el mes de abril, la medida excepcional dispuesta por los Decretos Nº 1053/20, Nº 4328/20 y Nº 4950/21, readecuando los cupos de guardias y topes de importes de la valoración total mensual, conforme los resultados de la distribución efectuada en el mes de Abril de 2022;

 

          Que el artículo 44 de la Ley Nº 1279 de Carrera Sanitaria faculta al Poder Ejecutivo a determinar el cupo total de guardias destinadas a los empleados que prestan dicho servicio;

 

          Que el Decreto Nº 1503/17 creó la Dirección del Gasto Público, y estableció entre sus funciones realizar evaluaciones de impacto del gasto público;

 

          Que ha tomado intervención la Delegación de Asesoría Letrada de Gobierno actuando ante el Ministerio de Salud;

 

 

POR ELLO:

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

 

 

Artículo 1º.-Increméntase  el cupo  de  guardias  activas  y  pasivas,  profesionales  y  no profesionales  para  el  mes  de  Abril,  graduadas  en  619  las guardias activas profesionales, 423 las guardias activas no profesionales,  2165  las  guardias  pasivas  profesionales  y 1629  las  guardias  pasivas  no  profesionales,  conforme  el detalle obrante de anexo que forman parte del presente.

 

Artículo  2º.-Fíjase  la  valoración  total  de  las  guardias  en  el monto de $ 155.457.099,00 para el mes de Abril de 2022.

 

Artículo 3°: El incremento en las guardias y el importe fijado en los artículos anteriores se mantendrá vigente por el mes de Abril de 2022.

 

Artículo 4°: Facúltese  a  la  Dirección  del  Gasto  Público, conforme   lo   dispuesto   por   el   Decreta   N°  1503/17,   a actualizar  el  cupo  y  la  valoración  total  de  guardias  en  el Sistema   Informático   de   Guardias,   a   los   efectos   del cumplimiento y control del presente Decreto.

 

Artículo 5º: El presente decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.

 

Artículo 6º: Dése al Registro Oficial y al Boletín Oficial, comuníquese, publíquese y pase al Ministerio de Salud a sus efectos.

 

 

ANEXO

 

REFUERZO DE GUARDIAS POR EMERGENCIA SANITARIA (ABRIL 2022)

INSTITUCIÓN

SERVICIO

GAP

GANP

GPP

GPNP

TOTAL

HOSP. GDOR CENTENO

BUSQUEDA ACTIVA

0

4

10

5

$ 156.465,25

 HOSPITAL MODULAR

0

0

20

6

$ 175.714,00

NECESIDAD GENERADA EN EL MARCO DE LA EMERGENCIA

BACTERIOLOGÍA

3

8

12

4

$ 326.551,50

CARDIOLOGÍA

6

0

24

0

$ 313.317,00

CIRUGÍA

6

0

30

0

$ 356.691,00

CLÍNICA MÉDICA (INTERNACIÓN)

20

0

38

0

$650.011,00

COE

0

0

8

14

$ 130.478,00

ISS - TOCOGINECOLOGÍA

30

0

41

0

$ 863.032,00

SEM

18

0

34

0

$ 584.300,00

UTI

30

10

82

18

$ 1.352.978,75

VACUNACIÓN

0

7

0

6

$ 134.935,75

 

 

 

 

 

 

 

HOSP. DR. LUCIO MOLAS (SANTA ROSA)

EMERGENCIA SANITARIA

12

5

33

30

$ 710.022,25

NECESIDAD GENERADA EN EL MARCO DE LA EMERGENCIA

CLINICA MÉDICA

46

14

150

74

$2.534.410,75

GUARDIA CENTRAL

34

15

48

38

$ 1.436.164,20

HEMOTERAPIA

20

14

39

36

$ 1.119.262,50

INTERNACIÓN

24

17

60

24

$ 1.301.736,00

KINESIOLOGIA

22

16

136

36

$ 1.888.563,00

LABORATORIO

14

15

30

0

$741.383,00

RX

0

0

12

48

$ 335.820,00

TERAPIA INTENSIVA

48

15

250

42

$ 3.143.248,25

VACUNACIÓN

0

8

50

60

$ 784.187,00

 

 

 

 

 

 

HOSP. EVITA

CARGAS

0

0

0

20

$ 103.780,00

GUARDIA CENTRAL

13

0

8

0

$ 308.038,00

HISOPADO

9

5

0

5

$ 306.801,75

LABORATORIO

9

0

0

0

$ 187.654,50

SEGUIMIENTO CONTACTOS ESTRECHOS

0

0

20

50

$ 404.030,00

SEGUIMIENTO PACIENTES (DOMICILIO)

0

0

3

20

$ 125.467,00

SEGUIMIENTO PACIENTES POSITIVOS

0

0

15

10

$ 160.325,00

TOMOGRAFÍA

0

0

0

10

$ 51.890,00

 VACUNACIÓN

9

9

0

4

$ 334.998,00

NECESIDAD GENERADA EN EL MARCO DE LA EMERGENCIA

ENFERMERÍA

6

16

24

10

$608.255,00

LABORATORIO/TOMOGRAFÍA

14

18

24

16

$785.657,50

GUARDIA CENTRAL (NOCTURNA)

29

12

20

6

$ 886.936,00

 

 

 

 

 

 

CENTRO SANITARIO

HISOPADOS

9

4

0

0

$ 172.970,00

LABORATORIO

3

7

0

0

$ 115.043,00

LLAMADOS Y CARGA

1

0

0

0

$ 14.718,00

PACIENTES DOMICILIO

0

0

10

0

$ 72.290,005

VACUNACIÓN

5

8

0

0

$ 201.764,00

NECESIDAD GENERADA EN EL MARCO DE LA EMERGENCIA

GUARDIA 24 HS (BO. RECONVERSIÓN)

29

0

18

0

$ 648.931,50

LABORATORIO (A. PROGRAMATICA)

0

0

12

0

$ 86.748,00

LABORATORIO (BO. RECONVERSION)

0

0

16

0

$ 115.664,00

RX (B. RECONVERSION)

0

0

10

15

$ 150.125,00

 

 

 

 

 

$

HOSP. 25 DE MAYO

NECESIDAD GENERADA EN EL MARCO DE LA EMERGENCIA

NEUROLOGIA

0

0

20

0

$ 144.580,00

PEDIATRIA

0

0

6

0

$ 43.374,00

 

 

 

 

 

 

 

HOSPITAL DE EDO. CASTEX

NECESIDAD GENERADA EN EL MARCO DE LA EMERGENCIA

ESTERILIZACIÓN

0

0

0

6

$31.134,00

QUIROFANO

0

0

16

10

$ 167.554,00

TRAUMATOLOGÍA

0

0

15

0

$ 108.435,00

 

 

 

 

 

 

 

HOSP. GRAL ACHA

ADMINISTRACIÓN

0

0

0

13

$67.457,00

BUSQUEDA ACTIVA

0

4

0

0

$ 40.508,00

CHOFERES

0

0

0

18

$ 93.402,00

ENFERMERIA

0

0

011

0

$ 79.159,00

HISOPADOS

0

0

20

0

$ 144.580,00

LABORATORIO

0

0

10

0

$72.290,00

PESQUISA

0

0

8

5

$ 83.777,00

SEGUIMIENTO PACIENTES (DOMICILIO)

0

0

18

0

$ 130.122,00

SEGUIMIENTO PACIENTES (POSITIVOS)

0

0

26

0

$ 187.954,00

NECESIDAD GENERADA EN EL MARCO DE LA EMERGENCIA

CHOFERES

0

0

0

10

$ 51.890,00

DIAGNOSTICO POR IMAGENES

3

12

18

15

$ 392.445,50

FARMACIA

0

0

18

15

$ 207.957,00

HEMOTERAPIA

0

0

0

20

$ 103.780,00

KINESIOLOGIA

0

0

22

0

$ 159.038,00

LABORATORIO

25

20

20

10

$ 929.836,00

MANTENIMIENTO

0

0

0

27

$140.103,00

 QUIROFANO

0

0

0

18

$ 93.402,00

UTI

46

0

46

0

$ 1.193.537,00

UTI ENFERMERIA - SERVICIO ADHERENTES

0

20

54

48

$ 912.867,00

 

 

 

 

 

 

 

HOSP. TOAY

SEGUIMIENTO CONTACTOS ESTRECHOS

0

0

2

7

$ 50.781,00

NECESIDAD GENERADA EN EL MARCO DE LA EMERGENCIA

ENFERMERIA

0

15

8

50

$ 527.417,25

LABORATORIO

0

12

12

16

$ 346.994,50

INTERNACIÓN

5

5

22

18

$ 426.355,00

 

 

 

 

 

 

 

HOSP. TRENEL

NECESIDAD GENERADA EN EL MARCO DE LA EMERGENCIA

CLINICA MÉDICA

0

0

14

0

$ 101.206,00

ENFERMERIA

0

0

0

20

$ 103.780,00

 

 

 

 

 

 

 

HOSP. VICTORICA

TRAZABILIDAD - VACUNACIÓN

0

0

93

178

$ 1.595.939,00

NECESIDAD GENERADA EN EL MARCO DE LA EMERGENCIA

CLINICA MÉDICA

6

0

8

0

$ 197.653,00

ENFERMERIA

0

0

2

14

$ 87.104,00

 

 

 

 

 

 

 

ZONA SANITARIA I

COBERTURA SANITARIA

0

0

18

70

$ 493.352,00

DIREC GRAL. ASISTENCIA SOCIAL Y COMUNITARIA

0

18

10

14

$ 423.428,00

NECESIDAD GENERADA EN EL MARCO DE LA EMERGENCIA

DEPARTAMENTO CENTRAL PLANTA DE OXIGENO

0

12

0

26

$ 353.345,00

DEPARTAMENTO CENTRAL DE ENFERMERIA

11

16

12

18

$ 632.220,75

DEPOSITO CENTRAL DE MEDICAMENTOS

7

8

12

16

$ 434.796,50

DIREC. DE ATENCIÓN PRIMARIA DE LA SALUD

10

22

42

42

$ 1.030.945,50

DIREC DE EPIDEMIOLOGIA

0

0

200

148

$ 2.213.772,00

DIREC. DE PROCESOS TECNICOS Y TECNOLOGICOS

0

0

0

75

$ 389.175,00

DIREC. GRAL ASISTENCIA SOCIAL Y COMUNITARIA

9

32

18

66

$ 1.138.987,50

SUBS. SALUD MENTAL Y ADICCIONES

0

0

34

44

$474.102,00

 

 

 

 

 

 

 

TOTALES

619

423

2165

1629

$ 42.227.933.00

 

 

GAP

GANP

GPP

GPNP

TOTAL

 

 



[1] Nota: Título dado por el Digesto.