DECRETO 2128-2019
Prorrógase el cupo de guardias establecido en el artículo 1 del Decreto Nº 4943/18
Estado de la Norma: VIGENTE.
Publicado en B.O. Nº 3366 del 14-06-19.-
Dictado el 3-06-19.-
Operador de Digesto: M.L.E.-
Artículo 1°.-Porrógase a partir del 1 de mayo y hasta el 31 de agosto de 2019, el incremento de cupo de guardias establecido en el Artículo 1° del Decreto N° 4943/18.
Artículo 2°.-Determínase elimporte de valoración total mensual de guardias al que refiere el inciso c) del Artículo 2° del Decreto N° 4943/18 en $38.048.000,00, a partir del 1 de mayo de 2019.