Decreto Nº 1702-2022

Increméntase  el cupo  de guardias  activas  y  pasivas,  profesionales  y  no profesionales  para  el  mes  de  Mayo.[1]

 

Estado de la norma: VIGENTE.-

Publicado en el B.O. 3524 del 24-06-22.-

Dictado el 24-05-22.-

Operador del Digesto: M.L.E.-

 

 

 

VISTO:

 

          El Expediente Nº 3568/20, caratulado. "MINISTERIO DE SALUD S/ INCREMENTO CUPO DE GUARDIAS PARA REFORZAR ETAPA DE CONTENCIÓN DE EPIDEMIO"; y

 

CONSIDERANDO:

 

          Que por Artículo 46 de la Ley Nº 3403, se mantiene hasta el día 30 de Junio de 2022, el estado de Máxima Alerta sanitaria declarado en el artículo 1º del Decreto Nº 521/20.- 

 

          Que en aras de disponer de todos los recursos para hacer frente a las acciones necesarias para difundir los patrones de comportamiento deseables en la pandemia, atender a la comunidad y tratar de dar suficiente cobertura en la emergencia, se emprendieron en el ámbito de la provincia distintas acciones preventivas y de preparación de respuesta ante eventos emergentes, entre las que se cuenta la ampliación de la infraestructura hospitalaria;

 

          Que en ese sentido debió preverse mayor atención profesional y no profesional para cubrir los nuevos servicios e instalaciones habilitadas, requerido para el mes de Mayo del presente año, detallando el recurso humano requerido para cada servicio según especialidad y tipo de guardia;

 

          Que el detalle ha considerado la cobertura previsible para el Establecimiento Asistencial Dr. Lucio Molas, el Establecimiento Asistencial Gobernador Centeno, la Zona Sanitaria I, el Centro Sanitario, la Dirección General de Asistencia Social y Comunitaria, y la Subsecretaría de Adicciones;

 

          Que se ha informado las necesidades para la vigilancia epidemiológica, salud mental, asistencia a personas en hoteles, personal específicamente afectado al área del centro emergente, en administración, clínica médica, enfermería, consultorios, laboratorio, radiología, terapia intensiva, hospitales modulares; unidad de cuidados intensivos ambulatorio, diagnostico por imágenes, Unidad de Terapia intensiva, Unidad Sanitaria de Pacientes;

 

          Que por Decreto Nº 1053/20  se modificó excepcionalmente el cupo de guardias y tope del importe de la valoración total mensual dispuesta por Decreto Nº 4943/18, prorrogado por Decretos Nº 2128/19; Nº 3477/19Nº761/19, modificados por Decretos Nº 636/20 y Nº 642/20 conforme a los nuevos requerimientos sanitarios por las cuestiones epidemiológicas vigentes;

 

          Que por motivos de servicio, por Decreto Nº 4950/21, se extendió desde el 1º de Mayo hasta el 30 de Junio de 2022, el incremento del cupo básico de guardias establecido en el artículo 1º del citado Decreto Decreto Nº 4943/18, cuya prórroga ha sido establecida por los mencionados Decretos Nº 2128/19; Nº 3477/19Nº761/19, con las modificaciones impuestas por los Decretos Nº 636/20; Nº 642/20 y Nº1738/20;

 

          Que además, como la emergencia epidemiológica continua vigente es necesario prorrogar, durante el mes de Mayo, la medida excepcional dispuesta por los Decretos Nº 1053/20, Nº 4328/20 y Nº 4950/21, readecuando los cupos de guardias y topes de importes de la valoración total mensual, conforme los resultados de la distribución efectuada en el mes de Mayo de 2022;

 

          Que el artículo 44 de la Ley Nº 1279 de Carrera Sanitaria faculta al Poder Ejecutivo a determinar el cupo total de guardias destinadas a los empleados que prestan dicho servicio;

 

          Que el Decreto Nº 1503/17 creó la Dirección del Gasto Público, y estableció entre sus funciones realizar evaluaciones de impacto del gasto público;

 

          Que ha tomado intervención la Delegación de Asesoría Letrada de Gobierno actuando ante el Ministerio de Salud;

 

 

 

POR ELLO:

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

 

 

 

Artículo  1°.-Increméntase  el cupo  de guardias  activas  y  pasivas,  profesionales  y  no profesionales  para  el  mes  de  Mayo,  graduadas  en  setecientas cuarenta  y nueve (749)  las guardias activas profesionales, quinientos treinta y cinco (535) las guardias activas no profesionales,   mil ochocientas doce (1812)     las     guardias     activas     pasivas profesionales y mil trescientas (1300) las guardias pasivas no profesionales, conforme  el  detalle  obrante  en  anexo  que  forma  parte  del presente.

 

Artículo  2°.-Fíjase  la  valoración  total  de  las  guardias  en  el monto de PESOS CIENTO CINCUENTA Y CINCO MIL MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL CIENTO VEINTIOCHO CON SETENTA Y CINCO CENTAVOS ($ 155.246.128,75) para el mes de mayo de 2022.

 

Artículo 3°.- El incremento en las guardias y el importe fijadoen los artículos anteriores se mantendrá vigente por el mes de Mayo de 2022.

 

Artículo 4°.- Facúltase   a   la   Dirección   de   Gasto   Público, conforme   lo   dispuesto   por  el   Decreto   N°  1503/17,  a actualizar  el  cupo  y  la  valoración  total  de  guardias  en  el Sistema   Informático   de   Guardias,   a   los   efectos   del cumplimiento y control del presente Decreto.

 

Artículo 5º: El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.

 

Artículo 6º: Dése al Registro Oficial y al Boletín Oficial, comuníquese, publíquese y pase al Ministerio de Salud a sus efectos.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

ANEXO

 

REFUERZO DE GUARDIAS POR EMERGENCIA SANITARIA (MAYO 2022)

INSTITUCIÓN

SERVICIO

GAP

GANP

GPP

GPNP

TOTAL

HOSP. GDOR CENTENO

NECESIDAD GENERADA EN EL MARCO DE LA EMERGENCIA

BACTEROLÓGICA

6

14

12

10

$ 473.640,00

CARDIOLOGIA

12

0

24

0

$ 453.138,00

CIRUGIA

12

0

30

10

$ 548.402,00

CLINICA MÉDICA (INTERNACIÓN)

40

0

42

0

$ 1.061.595,00

COE

0

0

8

14

$ 130.478,00

ISS-TOCOGINECOLOGIA

30

0

41

0

$ 863.032,00

KINESIOLOGÍA

30

0

38

0

$ 797.191,00

LABORATORIO

8

15

0

0

$ 392.051,00

SEM

26

18

34

12

$ 1.081.422,50

UTI

44

24

110

18

$2.052.054,50

VACUNACIÓN

0

12

0

12

$ 254.681,00

 

 

 

 

 

 

 

 

NECESIDAD GENERADA EN EL MARCO DE LA EMERGENCIA

HOSP. DR. LUCIO MOLAS (SANTA ROSA)

CLÍNICA MÉDICA

44

14

150

74

$ 2.504.974,75

GUARDIA CENTRAL

36

22

48

38

$ 1.544.793,50

HEMOTERAPIA

18

14

39

36

$ 1.067.749,50

INTERNACIÓN

30

17

60

24

$ 1.390.044,00  

KINESIOLOGÍA

20

20

136

36

$ 1.907.939,00

LABORATORIO

17

15

30

0

$ 796.575,50

RX

0

0

14

48

$ 350.278,00

TERAPIA INTENSIVA

52

15

250

42

$ 3.246.274,25

VACUNACIÓN

0

11

50

60

$ 837.353,75

 

 

 

 

 

$

HOSP. EVITA

NECESIDAD GENERADA EN EL MARCO DE LA EMERGENCIA

ENFERMERÍA

8

16

24

18

$ 701.280,00  

LABORATORIO/TOMOGRAFÍA

14

18

24

24

$ 827.169,50

GUARDIA CENTRAL (NOCTURNA)

54

12

24

24

$ 1.476.551,00

 

 

 

 

 

 

 

CENTRO SANITARIO

HISOPADOS

16

16

0

0

$ 397.520,00

LABORATORIO

4

7

0

0

$ 129.761,00

LLAMADOS Y CARGA

3

20

0

30

$ 402.354,00

PACIENTES DOMICILIO

13

0

0

0

$ 305.398,50

VACUNACIÓN

6

11

0

0

$ 264.585,50

NECESIDAD GENERADA EN EL MARCO DE LA PANDEMIA

GUARDIA 24 HS (BO. RECONVERSIÓN)

52

0

20

8

$1.135.403,00

LABORATORIO (A PROGRAMÁTICA)

0

0

16

16

$ 198.688,00

LABORATORIO (BO. RECONVERSIÓN)

0

0

16

0

$ 115.664,00

RX (B. RECONVERSIÓN)

3

0

0

11

$ 123.310,00

 

 

 

 

 

 

 

HOSP. 25 DE MAYO

NECESIDAD GENERADA EN EL MARCO DE LA PANDEMIA

NEUROLOGÍA

0

0

20

0

$144.580,00

PEDIATRIA

0

0

6

0

$ 43.374,00

 

 

 

 

 

 

 

HOSPITAL DE EDO. CASTEX

NECESIDAD GENERADA EN EL MARCO DE LA PANDEMIA

ESTERILIZACIÓN

0

0

0

6

$31.134,00

QUIROFANO

0

0

16

10

$ 167.554,00

TRAUMATOLOGÍA

0

0

15

0

$ 108.435,00

 

 

 

 

 

 

 

HOSP. GRAL ACHA

NECESIDAD GENERADA EN EL MARCO DE LA PANDEMIA

CHOFERES

0

0

0

10

$51.890,00

DIAGNOSTICO POR IMAGENES

3

12

18

0

$392.445,00

FARMACIA

0

0

18

15

$207.957,00

HEMOTERAPIA

0

0

0

20

$103.780,00

KINESIOLOGIA

0

0

22

0

$159.038,00

LABORATORIO

27

20

20

14

$980.028,50

MANTENIMIENTO

0

0

0

27

$140.103,00

QUIROFANO

0

0

0

18

$93.402,00

UTI

46

0

46

0

$1.193.537,00

UTI ENFERMERIA - SERVICIOS ADHERENTES

0

20

56

48

$927.325,00

HOSP. TOAY

NECESIDAD GENERADA EN EL MARCO DE LA PANDEMIA

ENFERMERÍA

0

21

16

50

$ 691.582,75

LABORATORIO

0

13

20

24

$ 441.275,00

INTERNACION

8

16

22

18

$ 654.618,00

 

 

 

 

 

 

 

HOSP. TRENEL

 NECESIDAD GENERADA EN EL MARCO DE LA PANDEMIA

CLINICA MÉDICA

0

0

16

0

$ 115.664,00

ENFERMERIA

0

0

0

20

$ 103.780,00

 

 

 

 

 

 

 

HOSP. VICTORICA

NECESIDAD GENERADA EN EL MARCO DE LA PANDEMIA

CLINICA MÉDICA

6

0

10

0

$ 212.111,00

ENFERMERIA

0

0

2

14

$ 87.104,00

 

 

 

 

 

 

 

ZONA SANITARIA I

 NECESIDAD GENERADA EN EL MARCO DE LA PANDEMIA

DEPARTAMENTO CENTRAL PLANTA DE OXIGENO

0

12

5

28

$ 363.723,00

DEPARTAMENTO CENTRAL DE ENFERMERÍA

11

16

12

18

$ 632.220,75

DEPOSITO CENTRAL DE MEDICAMENTOS

7

8

12

16

$ 434.796,50

DIREC. DE ATENCIÓN PRIMARIA DE LA SALUD

10

20

42

36

$ 989.684,50

DIREC. DE EPIDEMIOLOGIA

0

0

100

150

$ 1.501.250,00

DIREC. DE PROCESOS TECNICOS Y TECNOLOGICOS

0

0

0

80

$ 415.120,00

DIREC. GRAL ASISTENCIA SOCIAL Y COMUNTARIA

33

66

42

69

$ 2.309.528,50

SUBS. SALUD MENTAL Y ADICCIONES

0

0

36

44

$488.560,00

 

 

 

 

 

 

 

 

TOTALES

749

535

1812

1300

$ 42.016.962,75

 



[1] Nota: Título dado por el Digesto.