LEY Nº 3249
Ratificando los Decretos N° 1696//20; 1698/20 1740/20 1742/20, 1813/20 y 1883/20 y dándole a los mismos fuerza de ley.
Estado de la norma: VIGENTE.-
Publicado en Sep. I del B.O 3430 del 04-09-20.-
Promulgada el 26-08-20.-
Sancionada el 13-08-20.-
Operador del Digesto: M.L.E.-
Artículo 1°: Ratifícanse los Decretos N° 1696/20, 1698/20, 1740/20, 1742/20, 1813/20 y 1883/20 y désele a los mismos fuerza de Ley, los que forman parte integrante de la presente.
Artículo 2°:Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados de la provincia de La Pampa, en Santa Rosa, a los trece días del mes de agosto de dos mil veinte.
REGISTRADA BAJO EL N° 3249
Dr. Mariano Alberto FERNÁNDEZ, Vicegobernador de La Pampa, Presidente Cámara de Diputados Provincia de La Pampa -Dra. Varinia Lis MARÍN, Secretaria Legislativa, Cámara de Diputados Provincia de La Pampa.
EXPEDIENTE N° 9042/20
SANTA ROSA, 26 AGO. 2020
POR TANTO: Téngase por LEY de la Provincia; Dése al Registro Oficial y al Boletín Oficial, cúmplase, comuníquese, publíquese y archívese.
DECRETO N° 2063/20
Sergio Raúl ZILIOTTO, Gobernador de La Pampa –Abg. Daniel Pablo BENSUSAN, Ministro de Gobierno Justicia y Derechos Humanos.
SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN: 26 AGO. 2020 Registrada la presente Ley, bajo el número TRES MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y NUEVE(3249).
José Alejandro VANINI, Secretario General de la Gobernación.