Disposición Nº 18-2024 -M.C. y M.-

DI-2024-18-E-GLP-SSM#MCM

Apruébase el Nomenclador de Trámites – Código 042 al 049.[1]

 

 

Estado de la norma: VIGENTE.-

Publicado en B.O. 3634 del 02-08-24.-

Dictado el 01-07-24.-

Operadora del Digesto: M.L.E.-

 

 

 

 

VISTO:

              El   Expediente Nº       1147/21,     caratulado: “MINISTERIO DE CONECTIVIDAD Y MODERNIZACION- SUBSECRETARIA DE MODERNIZACION- S/ IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA INFORMÁTICO DE GESTIÓN DOCUMENTAL ELECTRÓNICA (GDE).”; y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el Decreto Nº 2422/22 aprueba la implementación del Sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE) como sistema integrado de caratulación, numeración, seguimiento y registración de movimientos de todas las actuaciones y expedientes del Sector Público Provincial;

 

Que la normativa vigente establece que los organismos de la Administración Pública Centralizada, organismos descentralizados y autárquicos pertenecientes al Poder Ejecutivo de la Provincia deben utilizar el Sistema de Gestión Documental Electrónica – GDE para la totalidad de las actuaciones administrativas, de acuerdo al cronograma que fije el Ministerio de Conectividad y Modernización en su calidad de Órgano Rector;

 

Que mediante el Decreto Nº 1825/23 se dispuso la implementación y puesta en funcionamiento en forma gradual del Módulo Expediente Electrónico como medio de caratulación, vinculación de documentos, pases y consultas de expedientes electrónicos en todos los órganos de la Administración Pública Centralizada, organismos descentralizados y autárquicos pertenecientes al Poder Ejecutivo Provincial;

 

Que, de acuerdo a la Resolución del Ministerio de Conectividad y Modernización Nº RESOL-2023-107-GLP-MCM, será competencia de la Subsecretaría de Modernización aprobar los cronogramas de relevamiento de los procedimientos administrativos que llevarán adelante los sujetos alcanzados por la normativa citada y determinar su inclusión en el Sistema de Gestión Documental Electrónica GDE;

 

Que el Ministerio de Desarrollo Social ha solicitado a esta Subsecretaría la gestión de los procedimientos correspondientes al Programa de Mejoramiento Habitacional Rucalhue y Nehuentun, en el Módulo Expediente Electrónico (EE) de la plataforma informática;

 

Que por su parte, la Secretaría de Turismo de la Provincia ha procedido de manera similar en cuanto a la gestión del procedimiento de suscripción de convenios en el marco de lo dispuesto por la Ley Nº 1421 referida a la promoción y desarrollo de las artesanías tradicionales;

 

Que la Dirección de Transporte dependiente de la Subsecretaría de Planificación y Transporte del Ministerio de Obras y Servicios Públicos ha solicitado la incorporación al nomenclador de trámites del procedimiento referido a la habilitación de transporte por cuenta propia en el marco de la Ley Nº 3572;

 

Que, con el propósito de gestionar los aportes no reintegrables destinados a la Agencia La Pampa de Inversiones y Comercio Exterior, así como a la Agencia de Ciencias, Tecnologías e Innovación Abierta, el Ministerio de la Producción ha solicitado la tramitación de dichos procedimientos a través del Módulo Expediente Electrónico (EE) del Sistema;

 

Que, asimismo, la Dirección Provincial de Vialidad ha solicitado la incorporación del procedimiento para la contratación de personal para dicho ente autárquico, en formato electrónico;

 

Que teniendo en cuenta la normativa vigente y la Disposición Nº DI-2023-7-E-GLP-SSM#MCM; los organismos solicitantes han cumplimentado el procedimiento para incluir en el Nomenclador de Trámites del Sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE) los procedimientos mencionados los cuales deberán realizarse a través del Módulo Expediente Electrónico (EE);

 

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Decreto Nº 2422/22 y la Resolución Nº 83/22;

POR ELLO:

LA SUBSECRETARIA DE MODERNIZACIÓN DISPONE:

Artículo 1º.- Apruébase el Nomenclador de Trámites que como Anexo forma parte de la presente.

 

Artículo 2°.-  Los organismos comprendidos en el art. 4º del Decreto 2422/22 deberán cesar la caratulación en soporte papel de los procedimientos incluidos en el Nomenclador de Trámites aprobado en el artículo precedente; debiéndolo hacer a través del módulo Expediente Electrónico (EE) del Sistema de Gestión Documental Electrónica – GDE, a partir del día 1° de agosto del corriente.

 

Artículo 3°.- Las personas usuarias con permiso caratulador procederán a la caratulación de expedientes en el Módulo Expediente Electrónico (EE) conforme a la descripción correspondiente a los Códigos de Trámites del Nomenclador que se aprueba en el artículo 1º.

 

Artículo 4°.- La Subsecretaría de Modernización brindará la asistencia técnica y capacitación para la implementación y funcionamiento del presente.

 

Artículo 5º.- Comuníquese, publíquese y dese intervención a la Coordinación Administrativa de Transformación Digital, a la Dirección General de Modernización e Innovación Administrativa y a la Mesa General de Entradas y Salidas dependiente de la Secretaría General de la Provincia.

 



[1] Nota: Título dado por el Digesto