RESOLUCIÓN Nº 83-2022 -M.C. y M.-
Establécese el uso de los Módulos de Comunicaciones Oficiales (CCOO) y el Generador Electrónico de Documentos Oficiales (GEDO) del Sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE) a partir del día 1 de septiembre de 2022 y se aprueban manuales.[1]
Estado de la norma: VIGENTE.-
Publicado en B.O. 3536 del 16-09-22.-
Dictado el 16-08-22.-
Operadora del Digesto: M.L.E.-
Artículo 1°.-Establécese el uso de los Módulos de Comunicaciones Oficiales (CCOO) y el Generador Electrónico de Documentos Oficiales (GEDO) del Sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE) a partir del día 1 de septiembre de 2022 como único sistema integrado de generación en forma electrónica, seguimiento, registración y archivo de documentos y comunicaciones oficiales, de acuerdo a lo establecido en el artículo 13 del Decreto Nº 2422/22. Si existieran en papel u otro formato, deberán ser digitalizados a través del Generador Electrónico de Documentos Oficiales (GEDO).
Artículo 2º.-Apruébase la implementación del portal del Sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE) como único punto central de acceso a dicho sistema, disponible en http://gde.lapampa.gob.ar.
Artículo 3º.-Desígnase Administrador Central del Sistema, conforme al artículo 6º del Decreto Nº 2422/22 a la Subsecretaría de Modernización, quien deberá ser asistida por la Subsecretaría de Tecnologías, Conocimiento e Innovación en los aspectos técnicos que así lo requieran.
Artículo 4º.-Apruébanse los Manuales del Módulo Escritorio Único (EU) Versión 1.0, del Módulo Generador Electrónico de Documentos Oficiales (GEDO) Versión 1.0 y del Módulo Comunicaciones Oficiales (CCOO) Versión 1.0 que, como Anexos I, II y III respectivamente, forman parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 5º.-Apruébanse los Términos y Condiciones de Uso del Sistema Informático de Gestión Documental Electrónica (GDE) Versión 1.0 que, como Anexo IV forma parte integrante de la presente.
Artículo 6º.-Las y los funcionarios y agentes públicos de los organismos comprendidos en el artículo 4º del Decreto Nº 2422/22 , deberán solicitar su usuario al Administrador Local del Sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE) de su organismo.
Artículo 7º.-Las y los funcionarios y agentes que sean designados usuarios del Sistema de Gestión Documental Electrónica podrán realizar el Curso sobre Gestión Documental Electrónica Nivel I, Nivel II y Nivel III dictado a través del Programa de Capacitación para la Administración Pública (PRO.CA.AP). Los Administradores Locales podrán solicitar su inscripción a la Subsecretaría de Modernización del Ministerio de Conectividad y Modernización o bien por correo electrónico a la siguiente dirección: procaap@lapampa.gob.ar.
Artículo 8º.-Los usuarios del sistema de Gestión Documental Electrónica podrán solicitar asistencia a la Mesa de Ayuda cuyos datos de contacto se encuentran disponibles en el sitio http://gdelp.lapampa.gob.ar.
Artículo 9º.-Los Administradores Locales deberán solicitar el cierre de los registros de los documentos y comunicaciones oficiales en soporte papel para el año en curso, e informar mediante el módulo Comunicaciones Oficiales (CCOO) al Administrador Central dicha circunstancia, a los fines de proceder a asignar la numeración correspondiente en el sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE).
Artículo 10.-Instrúyese a los Administradores Locales del Sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE) para que informen mediante Comunicación Oficial al Administrador Central del sistema los datos de los agentes públicos que se hayan desvinculado del organismo que representa bajo cualquier concepto, dentro de las veinticuatro (24) horas de producida la misma.
Artículo 11.-Los Administradores Locales del Sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE) una vez recibida la información del artículo precedente, procederán a la inhabilitación del usuario de las personas desvinculadas.
Artículo 12.-Los representantes de la Mesa Ejecutiva del Plan Estratégico de Modernización e Innovación de la Administración Pública Provincial aprobado por Decreto Nº 2431/20 deberán informar a la Subsecretaría de Modernización la sustitución de los Administradores Locales designados por su jurisdicción