Disposición Nº 21-2024 -M.C. y M.-
DI-2024-21-E-GLP-SSM#MCM
Excepción a la Disposición Nº DI-2024-14-E-GLP-SSM#MCM.
Estado de la norma: VIGENTE.-
Dictada el 08-08-24.-
Operadora del Digesto: M.L.E.-
VISTO:
El Expediente Nº 1147/21, caratulado: “MINISTERIO DE CONECTIVIDAD Y MODERNIZACION -SUBSECRETARIA DE MODERNIZACION- S/ IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA INFORMÁTICO DE GESTIÓNDOCUMENTAL ELECTRÓNICA (GDE).”; y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto Nº 1825/23 se implementó y puso en funcionamiento en forma gradual el módulo Expediente Electrónico (EE) del Sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE) como medio de caratulación, vinculación de documentos, pases y consultas de expedientes electrónicos, estableciéndose el uso obligatorio del mismo a partir del 1º de septiembre del 2023 mediante la Resolución Nº RESOL-2023-107-GLP-MCM;
Que la Subsecretaría de Modernización de acuerdo con lo establecido en la Resolución Nº 83/22 del Ministerio de Conectividad y Modernización ha sido designada como Administrador Central del Sistema de Gestión Documental Electrónica asignándosele entre sus funciones las de elaborar, aprobar y actualizar el nomenclador de actuaciones administrativas y de tramites;
Que la Dirección General de Compras y Contrataciones dependiente de la Contaduría General de la Provincia, mediante la Nota Nº NO-2024-00000008-GLP-DGCC#CGP solicitó iniciar el proceso para incluir en el Nomenclador de Trámites del Sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE) la gestión de la solicitud de cotización en el marco de la Ley Provincial Nº 3;
Que habiéndose cumplimentado el procedimiento para identificar, analizar y relevar el mismo conjuntamente con el organismo a cargo de la temática, la Subsecretaría de Modernización mediante la Disposición Nº DI-2024-14-E-GLPSSM#MCM del 6 de junio de 2024; aprobó su incorporación al Nomenclador de Trámites disponiéndose que su caratulación en soporte papel cese a partir del 24 de junio del corriente año;
Que posteriormente, mediante la Nota Nº NO-2024-00042371-GLP-CGP, de fecha 1 de agosto de 2024, la Subcontaduría General de la Provincia solicitó a la Subsecretaría de Modernización, exceptuar del trámite aprobado aquellos procedimientos que se encuentran dentro de las excepciones previstas en el artículo 3º de la Resolución Conjunta Nº 87/24 del Ministerio de Hacienda y Finanzas y la Contaduría General de la Provincia, relacionados a las actuaciones por las cuales se tramitan gastos de funcionamiento a establecimientos educacionales, de salud y todo otro que, por la operatoria habitual de su trámite, cuente con afectación preventiva del gasto en forma previa al inicio del procedimiento;
Que por ello y a fin de exceptuar de lo dispuesto en el artículo 2º de la Disposición DI-2024-14-E-GLPSSM#MCM los procedimientos previstos en el artículo 3º de la Resolución Conjunta mencionada; se procede a dictar el presente acto administrativo;
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Decreto Nº 2422/22 y la Resolución Nº Nº 83/22; y
POR ELLO:
LA SUBSECRETARIA DE MODERNIZACIÓN
DISPONE:
Artículo 1º.- Establécese que los procedimientos previstos en el artículo 3º de la Resolución Conjunta Nº 87/24 del Ministerio de Hacienda y Finanzas y la Contaduría General de la Provincia se encuentran exceptuados de lo dispuesto en el artículo 2º de la Disposición Nº DI-2024-14-E-GLPSSM#MCM.
Artículo 2º.- Comuníquese, publíquese y dese intervención a la Contaduría General de la Provincia y a la Mesa General de Entradas y Salidas dependiente de la Secretaría General de la Provincia.