Tribunal de Cuentas  de la  Provincia de La Pampa

 

 

 

 

 

 


LEY Nº 2526

MODIFICANDO EL ARTICULO 1º DE LA LEY Nº 2179

 Y DEROGANDO LA LEY Nº 2410.

 

 

Estado de la Norma: DEROGADA por Ley Nº 2639 del 30-09-2011.

 

Publicada en B.O. Nº 2866 del 13-11-2009.-

Promulgada el 27-10-2009.-

Operador de Digesto: M. B.-

 

 

 

Artículo 1°.- Modifícase el artículo 1° de la Ley 2179, el que quedará redactado de la siguiente manera:

"Artículo 1°.- Suspéndese en todo el ámbito de la Provincia, a partir del 30 de octubre de 2009 y hasta el 30 de octubre de 2011, las subastas sobre inmuebles cuando las mismas tengan su origen en obligaciones dinerarias provenientes de los contratos de mutuo o fianza, juicios hipotecarios y de los títulos ejecutivos enumerados en el artículo 494 del Código Procesal Civil y Comercial de la provincia de La Pampa; cualquiera que fuera la jurisdicción ordinaria de la acción.-

El inmueble deberá ser el único de titularidad registral del deudor y su grupo familiar conviviente, destinado a vivienda y de ocupación permanente, con una valuación fiscal no superior a ciento ochenta mil pesos ($ 180.000).-

El plazo referido se extenderá hasta el 31 de marzo de 2012 en el caso de acreditarse fehacientemente ante el Juez del Proceso que el deudor se encuentra desocupado a la fecha de sanción de la presente Ley."

Artículo 2°.- Derógase la Ley 2410 a partir del 30 de octubre de 2009.-

Artículo 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.-

 

 

DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados de la Provincia de la Pampa, en Santa Rosa, a los quince días del mes de octubre de dos mil nueve.-

 

Ing. Juan Ramón GARAY, Vicepresidente 1º Cámara de Diputados – Provincia de La Pampa -Lic. Pablo Daniel MACCIONE – Secretario Legislativo – Cámara de Diputados – Provincia de La Pampa.-

 

EXPEDIENTE N° 11737/09

 

Santa Rosa, 27 de Octubre de 2009

 

POR TANTO:

 

Téngase por Ley de la Provincia; Dése al Registro Oficial y al Boletín Oficial, cúmplase, comuníquese, publíquese y archívese.­-

 

DECRETO Nº 2509/09

 

C.P.N. Oscar Mario JORGE – Gobernador de La Pampa.- Dr. César Ignacio RODRIGUEZ – Ministro de Gobierno, Justicia y Seguridad.-

 

SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN: 27 de Octubre de 2009

 

         Registrada la presente Ley, bajo el número DOS MIL QUINIENTOS VEINTISÉIS (2.526).-

 

Raúl Eduardo ORTIZ – Secretario General de la Gobernación.