Tribunal
de Cuentas de la Provincia de La Pampa
Decreto N° 2093-2004
Pagos a personal que partipa de programa de capacitación en el ámbito de la Ley Nº 1011 y art. 59 de la Ley 1279[1]
Dictado el 28-10-2004.-
Publicado en B.O. 2605 del 12-11-2004.-
Operador Digesto: R.D.: MAB.-
Art. 1°.- Texto Derogado por art. 5º Decreto 1498-2009[2]
TEXTO ANTERIOR DADO POR Decreto 2093-2004
Autorízase a Tesorería General para efectuar pagos a las distintas unidades académicas de la Universidad Nacional de La Pampa, a partir del 1° de octubre de 2004, para financiar el Suplemento de los alumnos de esa Universidad que participan del programa de capacitación en el ámbito de la Ley N° 1011, a razón de $ 42,50 por persona y por mes, sujeto a rendición posterior ante el Tribunal de Cuentas. Los beneficiarios alcanzados por el presente cobrarán este Suplemento, sólo si permanecen en el programa un tiempo superior a quince días del mes que se abona. A tal efecto, los responsables de Jurisdicción informarán a Contaduría General al final de cada mes la nómina de los beneficiarios a su cargo.
Art. 2°.- Dispónese que la Contaduría General pagará a cada Médico Residente designado en Jurisdicción de la Subsecretaría de Salud del Ministerio de Bienestar Social y que participe del programa de capacitación establecido en el artículo 59 de la Ley N° 1279, partir del 1° de octubre de 2004, el importe de $ 136,00 por mes, como Suplemento a su beca mensual, siempre que el titular de la Jurisdicción certifique su pertenencia al programa citado al primer día hábil de cada mes.