RATIFICANDO EL CONVENIO SUSCRIPTO ENTRE
BOLETIN OFICIAL, 10 de Agosto de 1987
Santa Rosa, 23 de Julio de 1987
Norma que la complementa: Decreto
Nº 2093-2004
Anexos de
TEMA
PODER EJECUTIVO PROVINCIAL-UNIVERSIDADES
PROVINCIALES-CONVENIOS DE COOPERACION-COOPERACION CIENTIFICA Y
TECNICA-COOPERACION CULTURAL-COOPERACION SANITARIA
OBSERVACIONES
Ver Art. 11 Decreto 170-2006- el valor
de la hora trabajada a los alumnos que participan del programa de capacitación
en el ámbito de
Artículo 1:
Ratifícase el convenio suscripto en la ciudad de Santa Rosa el 14 de mayo de
1987 entre
Artículo 2:
Comuníquese al Poder Ejecutivo.
FIRMANTES
Dr. Manuel Justo Baladrón, Vicegobernador, Presidente
H. Cámara de Diputados Provincia de
Dr. Rodolfo Mauricio Gazia, Secretario Legislativo H.
Cámara de Diputados Provincia de
ANEXO A
Convenio
suscripto entre
Primera:
Segunda:
Tercera:
Los planes de trabajo entre
Cuarta:
Los convenios a que se refiere la cláusula anterior deberán precisar los recursos necesarios para
su realización y modalidades de su
financiamiento, consignándose además el personal involucrado y medios técnicos afectados,
equipamiento e instrumental a utilizar.
Quinta:
A los fines de asegurar una adecuada coordinación, las partes facilitarán un fluido intercambio de
información en los ámbitos de interés
precitados y designarán para cada proyecto un
responsable con atribuciones suficientes para lograr su cometido.
Sexta:
Cuando se trate de proyectos conjuntos cuya realización requiera autorizaciones, apoyo o financiamiento
de organismos nacionales e
internacionales las partes colaborarán mutuamente en los trámites que sean necesarios a tal
efecto.
Séptima:
El presente convenio, que entrará en vigencia a partir de la fecha de su firma, tendrá una duración
de cuatro (4) años y se renovará
automáticamente si no existiere objeción expresa de alguna de las partes. En caso de rescisión,
la parte interesada deberá denunciarlo
con una antelación de ciento ochenta (180) días.
Las partes, de conformidad suscriben este convenio en
cuatro ejemplares de un mismo tenor y a
un solo efecto.
FIRMANTES
Dr. Rubén Hugo Marín, Gobernador de
Dr. Enrique J. M. Martínez Almudevar, Ministro de
Bienestar Social; Cr. Luis Ernesto Roldán, Ministro de Educación y Cultura.