Tribunal
de Cuentas de la Provincia de La Pampa
ABROGA DECRETO 715/06 – PLENA VIGENCIA DEL DECRETO 2575/96
FACTIBILIDAD FINANCIERA
Dictado el 07-07-06
VISTO:
El Decreto 715/06, y;
CONSIDERANDO:
Que, por el citado Decreto se derogó el Decreto Nº 2575/96 que reglamenta el artículo 24 de la Ley Nº 1388, disponiéndose que la Subsecretaría de Hacienda dependiente del Ministerio de Hacienda y Finanzas, solamente intervendrá en forma previa, en cada actuación individual referente a erogaciones cuyo monto en forma anual sea igual o superior al fijado para la Licitación Pública regulado en la Ley Nº 3 y sus decretos reglamentarios, tendientes a contraer obligaciones susceptibles de comprometer créditos de presupuestos futuros que tengan incidencia significativa, a efectos de otorgar la factibilidad financiera necesaria para su ejecución;
Que, de la práctica normal y habitual de la administración pública provincial, surge que resulta pertinente derogar el Decreto Nº 715/06, y volver al procedimiento que se había establecido en el Decreto Nº 2575/96;
Que, por lo expuesto corresponde emitir la medida legal pertinente;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA
Art. 1º.- Abróguese el Decreto Nº 715/06 por los fundamentos expresados en los precedentes considerandos.-
Art. 2º.- Atento la abrogación efectuada en el artículo anterior, déjese aclarado que el Decreto Nº 2575/96 vuelve a tomar plena vigencia a partir de la suscripción del presente.-
Art. 3º.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro de Hacienda y Finanzas.-
Art. 4º.- Dése al Registro Oficial y al Boletín Oficial, comuníquese, publíquese y pase al Ministerio de Hacienda y Finanzas, al Tribunal de Cuentas de la Provincia y la Contaduría General de la Provincia a sus efectos.-
Ing. Carlos Alberto Verna – Gobernador de La Pampa
C.P.N. Ernesto Osvaldo Franco- Ministro de Hacienda y Finanzas