ACUERDO N° 1228-2016 - CM-

Modifica el régimen de contrataciones[1]

 

 

Estado de la norma: VIGENTE

Dictado el 25-08-2016

Operador del Digesto: M.L.E.

 

 

En la ciudad de Santa Rosa, capital de la Provincia de La Pampa, a los 25 días del mes de agosto del año dos mil dieciséis, reunido en Acuerdo el Consejo de la Magistratura, integrado por su Presidente, Dr. Eduardo Fernández Mendía y los consejeros, Dr. Daniel Pablo Bensusan, Diputada María Soledad Sciú y Dr. Mariano Alberto Alomar con la actuación del secretario, Dr. Eduardo Oscar Collado.

ACORDARON:

Modificar el Régimen de Contrataciones del Consejo de la Magistratura de la Provincia. Adherir al Acuerdo Nº 2841 - Punto Segundo - y modificatorios Nº Nº 2873, 3106, 3244, 3355 y 3454 del Superior Tribunal de Justicia.

Visto: Que mediante Acuerdo Nº 582/09, el Consejo de la Magistratura, aprobó el Régimen de Contrataciones fijando montos y estableciendo un detalle de autorizaciones previas y aprobación de contrataciones que regulan el funcionamiento del Organismo.

Que el Superior Tribunal de Justicia, por Acuerdo Nº 2841 - Punto Segundo - y anexos, de fecha 20 de septiembre de 2010, modificado por Acuerdos Nº 2873, 3106, 3244, 3355 y 3454 resolvió readecuar y actualizar los montos vigentes en materia de contrataciones para el Poder Judicial.

Que atento lo expuesto y a fin de lograr una mayor eficacia y celeridad en el procedimiento de compra de bienes y contratación de servicios se considera conveniente adherir al régimen de contrataciones establecido en el Acuerdo Nº 2841 - Punto Segundo y modificatorios  Nº Nº 2873, 3106, 3244, 3355 y 3454 del Superior Tribunal de Justicia.

En razón a lo expuesto, el Consejo de la Magistratura, RESUELVE: Primero: Modificar el Régimen de Contrataciones del Consejo de la Magistratura de la Provincia de La Pampa, el que quedará integrado conforme se detalla en el Anexo I del presente Acuerdo. Segundo: Adherir al régimen de contrataciones establecido en el Acuerdo Nº 2841 - Punto Segundo y modificatorios  Nº 2873, 3106, 3244, 3355 y 3454 del Superior Tribunal de Justicia. En el caso de compra directa con pedido de precios previo a tres proveedores cuyo monto este comprendido entre los pesos: treinta mil con un centavo ($30.000,01) hasta el máximo de pesos setenta y tres mil ($73.000,00) con la salvedad de que el apartado 5) del Anexo II deberá decir, "En el informe de adjudicación, (modelo de Acta - Anexo IV), deberá constar la justificación en cada caso - de la decisión adoptada, y será suscripto por el Presidente del Consejo de la Magistratura." Tercero: Por Secretaría se librarán las comunicaciones que correspondan al presente Acuerdo. Cuarto: Regístrese, protocolícese, notifíquese.

Con lo que terminó el acto, que previa lectura y ratificación, firman los Sres. Consejeros arriba nombrados, todos por ante mí, de lo que doy fe.

 

 

ANEXO I

 

 

Autorización Previa

Aprobación

GASTOS ORDINARIOS

 

 

 

 

 

Bienes y Servicios

 

 

Compra Directa

 

 

Hasta $30.000,00

Presidente

Presidente

 

 

 

 

Compra Directa con pedido previo de precio a tres proveedores

 

 

 

$30.000,01 a $73.000,00

Presidente

Presidente

 

 

 

Bienes de Capital

 

 

Compra Directa

 

 

Hasta $30.000,00

Presidente

Presidente

 

 

 

Compra Directa con pedido previo de precio a tres proveedores

 

 

 

$30.000,01 a $73.000,00

Presidente

Presidente

 

 

 

GASTOS

EXTRAORDINARIOS

 

 

Bienes, Servicios y Bienes de

Capital

 

 

 Lic. Privada de $73.000,01 a $ 3.650.000,00

Presidente

Consejo de la Magistratura

Lic. Pública más de $ 3.650.000,01

Presidente

Consejo de la Magistratura

 

 

 

 

 

 



[1] Nota de Redacción: Título dado por redacción DI.