Modifica el régimen de contrataciones[1]
Estado de la norma: VIGENTE
Dictado el 25-08-2016
Operador del Digesto: M.L.E.
En la ciudad de Santa Rosa, capital de la Provincia de La Pampa, a los 25 días del mes de agosto del año dos mil dieciséis, reunido en Acuerdo el Consejo de la Magistratura, integrado por su Presidente, Dr. Eduardo Fernández Mendía y los consejeros, Dr. Daniel Pablo Bensusan, Diputada María Soledad Sciú y Dr. Mariano Alberto Alomar con la actuación del secretario, Dr. Eduardo Oscar Collado.
ACORDARON:
Modificar el Régimen de Contrataciones del Consejo de la Magistratura de la Provincia. Adherir al Acuerdo Nº 2841 - Punto Segundo - y modificatorios Nº Nº 2873, 3106, 3244, 3355 y 3454 del Superior Tribunal de Justicia.
Visto: Que mediante Acuerdo Nº 582/09, el Consejo de la Magistratura, aprobó el Régimen de Contrataciones fijando montos y estableciendo un detalle de autorizaciones previas y aprobación de contrataciones que regulan el funcionamiento del Organismo.
Que el Superior Tribunal de Justicia, por Acuerdo Nº 2841 - Punto Segundo - y anexos, de fecha 20 de septiembre de 2010, modificado por Acuerdos Nº 2873, 3106, 3244, 3355 y 3454 resolvió readecuar y actualizar los montos vigentes en materia de contrataciones para el Poder Judicial.
Que atento lo expuesto y a fin de lograr una mayor eficacia y celeridad en el procedimiento de compra de bienes y contratación de servicios se considera conveniente adherir al régimen de contrataciones establecido en el Acuerdo Nº 2841 - Punto Segundo y modificatorios Nº Nº 2873, 3106, 3244, 3355 y 3454 del Superior Tribunal de Justicia.
En razón a lo expuesto, el Consejo de la Magistratura, RESUELVE: Primero: Modificar el Régimen de Contrataciones del Consejo de la Magistratura de la Provincia de La Pampa, el que quedará integrado conforme se detalla en el Anexo I del presente Acuerdo. Segundo: Adherir al régimen de contrataciones establecido en el Acuerdo Nº 2841 - Punto Segundo y modificatorios Nº 2873, 3106, 3244, 3355 y 3454 del Superior Tribunal de Justicia. En el caso de compra directa con pedido de precios previo a tres proveedores cuyo monto este comprendido entre los pesos: treinta mil con un centavo ($30.000,01) hasta el máximo de pesos setenta y tres mil ($73.000,00) con la salvedad de que el apartado 5) del Anexo II deberá decir, "En el informe de adjudicación, (modelo de Acta - Anexo IV), deberá constar la justificación en cada caso - de la decisión adoptada, y será suscripto por el Presidente del Consejo de la Magistratura." Tercero: Por Secretaría se librarán las comunicaciones que correspondan al presente Acuerdo. Cuarto: Regístrese, protocolícese, notifíquese.
Con lo que terminó el acto, que previa lectura y ratificación, firman los Sres. Consejeros arriba nombrados, todos por ante mí, de lo que doy fe.
ANEXO I
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Autorización Previa |
Aprobación |
GASTOS ORDINARIOS |
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Bienes y Servicios |
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Compra Directa |
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Hasta $30.000,00 |
Presidente |
Presidente |
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Compra Directa con pedido previo de precio a tres proveedores
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$30.000,01 a $73.000,00 |
Presidente |
Presidente |
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Bienes de Capital |
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Compra Directa |
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Hasta $30.000,00 |
Presidente |
Presidente |
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Compra Directa con pedido previo de precio a tres proveedores
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$30.000,01 a $73.000,00 |
Presidente |
Presidente |
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GASTOS EXTRAORDINARIOS |
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Bienes, Servicios y Bienes de Capital |
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Lic. Privada de $73.000,01 a $ 3.650.000,00 |
Presidente |
Consejo de la Magistratura |
Lic. Pública más de $ 3.650.000,01 |
Presidente |
Consejo de la Magistratura |