RESOLUCIÓN Nº 106-2022 -M.C. y M.-
Establece cuando se consideran perfeccionadas y
notificadas las Comunicaciones Oficiales en el Sistema GDE.[1]
Estado de la norma: VIGENTE.-
Dictado el 14-10-22.-
Operadora del Digesto: M.L.E.-
VISTO:
El Expediente Nº 1147/21, caratulado:
“ MINISTERIO DE CONECTIVIDAD Y MODERNIZACIÓN – SUBSECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN –
S/ IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA INFORMATICO DE GESTIÓN DOCUMENTAL ELECTRÓNICA
(GDE).-”; y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 3289 autoriza al Poder ejecutivo
Provincial a desarrollar un proceso gradual de transformación e innovación en
miras a la gestión documental electrónica a fin de que, toda la actividad
cumplida en ejercicio de la función administrativa entre los órganos que
integran la Administración Pública y la relación de esta con la ciudadanía, se
materialice por medios electrónicos o digitales;
Que a través del Decreto Nº 2422/22, el Poder Ejecutivo
Provincial aprobó la implementación del Sistema de Gestión Documental
Electrónica (GDE) como plataforma informática transversal de generación de
documentos y expedientes digitales creados por medios electrónicos, registros y
otros contenedores a los fines de facilitar la gestión documental, el acceso y
la perdurabilidad de la información, la reducción de los plazos en las
tramitaciones y el seguimiento de cada expediente;
Que el mencionado Decreto ordenó a los
órganos de la Administración Pública Centralizada, organismos descentralizados
y autárquicos pertenecientes al Poder Ejecutivo Provincial, la utilización del
sistema de Gestión Documental Electrónica;
Que la sanción de la normativa
citada,complementa al Plan Estratégico de Modernización e Innovación de la
Administración Pública (PEMIAP) aprobado mediante Decreto Nº 2431/20 el cual contiene los
objetivos que el Poder Ejecutivo se ha planteado en materia de modernización e
innovación de la gestión publica;
Que a través del artículo 5º del
Decreto de Implementación del Sistema de Gestión Documental Electrónica se
designo como Órgano Rector de la plataforma informática a este Ministerio
facultándolo al dictado de las normas complementarias, aclaratorias y
operativas necesarias para la implementación, control y ejecución del Sistema;
Que el artículo 1º de la Resolución Nº
83/22 dictada por este Ministerio,
estableció a partir del 1 de septiembre del año 2022 el uso de los Módulos de
Comunicaciones Oficiales (CCOO) y el Generador Electrónico de Documentos
Oficiales (GEDO) del Sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE) como único
sistema integrado de generación de forma electrónica, seguimiento, registración
y archivo de documentos y comunicaciones oficiales, de acuerdo a lo establecido
en el artículo 13 del Decreto Nº 2422/22;
Que, atento a la mencionada
implementación resulta conveniente clarificar pautas relativas al perfeccionamiento
y cómputo de las notificaciones así como la facultad de utilizar el
funcionamiento de alertas por correo electrónico en el ecosistema de Gestión
Documental Electrónica de la Administración Pública Provincial;
Que ha tomado intervención la
Delegación de Asesoría Letrada de Gobierno actuante ante este Ministerio
POR ELLO:
EL MINISTRO
DE CONECTIVIDAD Y MODERNIZACIÓN
RESUELVE:
Artículo
1º.- Establécese que el Sistema de
Gestión Documental Electrónica (GDE) dejará constancia de la fecha y hora de
recepción de los documentos y comunicaciones oficiales realizados mediante la
plataforma y de los actos producidos por las personas usuarias de dicho sistema.
Artículo
2º.- Las comunicaciones y/o
notificaciones recibidas en el Módulo Comunicaciones Oficiales (CCOO) del
Sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE) se consideran perfeccionadas
cuando el contenido de la misma esté disponible en la cuenta de la persona
usuaria del destino. En el supuesto que la comunicación ingrese a la cuenta de
una persona usuaria un día inhábil; se entenderá perfeccionada el primer día
hábil siguiente al de la fecha de ingreso de la comunicación a su cuenta,
momento en el que comienzan a computarse los plazos, si los hubiere.
Artículo
3º.- Las usuarias y usuarios
comprendidos en el ámbito de aplicación establecido en el artículo 4º del
Decreto Nº 2422/22,
podrán utilizar la casilla de mail denunciada por la persona destinataria a fin
de avisar o alertar a la misma acerca de notificaciones, comunicaciones, tareas
y otros.
La persona
usuaria no se considerará notificada por el mero hecho de ingresar a su casilla
de mail y tomar conocimiento de una comunicación oficial que le ha sido enviada
al Sistema de Gestión Documental Electrónica.
Artículo
4º.- Regístrese, dese al Boletín
Oficial, comuníquese, publíquese y pase a la Subsecretaría de Modernización a
sus efectos.