RESOLUCIÓN -M.O.yS.P.- Nº 232-2016

Requisitos que deben cumplir los Municipios y Comisiones de Fomento en el marco del Programa de Soluciones Habitacionales

 

Estado de la norma: VIGENTE.-

Dictado el 14-09-16.-

Operador del Digesto: M.L.E.-

 

 

 

VISTO:

 

          El Expediente Nº 10295/2016, caratulado "MINISTERIO DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS - INSTITUTO PROVINCIAL AUTARQUICO DE VIVIENDA - S/ ACTA Nº 11 DEL CONSEJO PROVINCIAL DE DESCENTRALIZACIÓN MUNICIPAL - LA PAMPA- PROGRAMA SOLUCIONES HABITACIONALES.-" y

 

CONSIDERANDO:

 

            Que por Ley nº 2461 se sustituye el texto de la Ley nº 2358, por la cual se crea el Consejo Provincial de Descentralización;

 

          Que por el artículo 5º, inciso e) de la citada Ley se crea el Programa de Soluciones Habitacionales, que será financiado por el Fondo de Financiamiento Federal;

 

          Que el citado Programa tiene como misión propender a la dignidad habitacional de los sectores carenciados de la sociedad, a partir de la ejecución de planes de construcción, reparación, ampliación, recuperación, servicios básicos de infraestructura y mejora de viviendas;

 

          Que por el artículo 27 - Capitulo VI se establece que será de autoridad de aplicación el Ministerio de Obras y Servicios Públicos;

 

          Que de fojas 2 a 4 se agrega copia de Acta Nº 11 del cual surge que con fecha 9 de junio de 2016 se efectuó la reunión del citado Consejo, acordándose distribuir para el corriente año, un monton igual por localidad de PESOS TRESCIENTOS MIL (300.000,00);

 

          Que han tomado intervención las Delegaciones de Asesoría Letrada de Gobierno actuantes en el Instituto Provincial Autárquico de Vivienda  y en el Ministerio de Obras y Servicios Públicos, no teniendo objeciones legales que formular;

 

          Que se estima conveniente el dictado del pertinente acto administrativo;

 

POR ELLO:

 

EL MINISTRO DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

RESUELVE:

 

Artículo 1º.- Los Municipios y comisiones de Fomento deberán cumplir con los requisitos mínimos de otorgamiento a saber: 1º) Solicitud escrita ante el Instituto Provincial autárquico de Vivienda del monto establecido por el Consejo de Descentralización para el año 2016, correspondiente al "Programa de Soluciones Habitacionales", 2º) Autorización a los Municipios y comisiones de Fomento, para la ejecución del presente Programa, conforme la legislación vigente .-

 

Artículo 2º.- Apruébase el modelo de Convenio de Ejecución de la mencionada Operatoria, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución.-

 

Artículo 3º.- Autorízase al Señor Presidente del Instituto Provincial Autárquico de Vivienda, para que proceda a ejecutar la Operatoria "Soluciones Habitacionales" y a suscribir los Convenios de Ejecución con las distintas Municipalidades y Comisiones de Fomento por el monto establecido por el Consejo Provincial de Descentralización.-

 

Artículo 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Resolución, será atendido con las partidas correspondientes del Presupuesto vigente.-

 

Artículo 5º.- Regístrese, comuníquese y pase al Instituto Provincial Autárquico de Vivienda a sus demás efectos.-

 

Firmante: Ing. Julio Nestor BARGERO - Ministro de Obras y Servicios Públicos.