RESOLUCIÓN Nº 125/2013

SANTA ROSA, 13 de diciembre de 2013

 

 

VISTO:

          El Expediente Nº 3187/2013 -MGEyS- caratulado: “MINISTERIO DE GOBIERNO JUSTICIA Y SEGURIDAD –JEFATURA DE POLICIA S/CUBRIR UNA (1) VACANTE EN EL CUERPO PROFESIONAL CON UN LICENCIADO EN PSICOLOGIA PARA LA UNIDAD FUNCIONAL DE GENERO, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA UR-III”; y

CONSIDERANDO:

          Que en el mismo se tramita un concurso abierto de oposición y antecedentes convocado por la Jefatura de Policía para cubrir dos cargos vacantes en el cuerpo profesional con el grado de oficial inspector para realizar tareas en la Unidad Funcional de Género Niñez y adolescencia dependiente de la Unidad Regional UR III y en la División Servicios Sociales;

          Que la Sra. Contadora Fiscal interviniente no conforma las actuaciones, elevándolas a consideración de este Tribunal, emitiendo el Dictamen Nº 535/2013-A.L.F. (fs. 345/346) donde expresa que “De la compulsa de los días hábiles administrativos que median entre las citadas fechas se desprende que los mismos no son los requeridos por la citada norma legal y el artículo 3 del decreto Nº 1684 Reglamentario de Ley Nº 951 de Procedimiento Administrativo”;

          Que este Tribunal comparte las observaciones formuladas por el Contador Fiscal atento a que en el concurso objeto de la intervención no se han cumplido los plazos estipulados por el Decreto 1223/2007, reglamentario de los artículos 38 y 39 de la NJF 1034/80;

          Que este Tribunal en un trámite análogo al presente se expidió mediante Resolución Nº 94/2013 donde en los considerandos expresamente se previó que: “…, sin perjuicio de señalarle al organismo que deberán observar para los futuros concursos el cumplimiento de lo señalado por el Decreto 1223/2007 y demás normativa aplicable en lo referente al cumplimiento de los plazos,…”;

          Que atento no haberse respetado los plazos legales y el carácter excepcional de la aprobación del trámite efectuada por Resolución Nº 94/13 este Tribunal concluye que y conforme lo expuesto, corresponde rechazar el proyecto de resolución sometido a intervención;

POR ELLO:

EL TRIBUNAL DE CUENTAS

R E S U E L V E:

Artículo 1º: Rechazar el proyecto de Resolución del señor Jefe de Policía de la Provincia de La Pampa, obrante a fs. 338 del Expediente Nº 3187/2013 caratulado: “MINISTERIO DE GOBIERNO, JUSTICIA Y SEGURIDAD –JEFATURA DE POLICIA S/CUBRIR UNA (1) VACANTE EN EL CUERPO PROFESIONAL CON UN LICENCIADO EN PSICOLOGIA PARA LA UNIDAD FUNCIONAL DE GENERO, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA UR-III “ por el que se tramita un concurso abierto de oposición y antecedentes convocado por la Jefatura de Policía para cubrir dos cargos vacantes en el cuerpo profesional con el grado de oficial inspector para realizar tareas en la Unidad Funcional de Género Niñez y adolescencia dependiente de la Unidad Regional UR III y de la División Servicios Sociales.-

Artículo 2º: Remitir las presentes actuaciones al titular del Poder Ejecutivo en los términos del artículo 6º del Decreto Ley Nº 513/69.-

Artículo 3º: Regístrese por Secretaría, comuníquese, publíquese y cumplido, archívese.