Decreto N° 623-2020
Establezcase, por un plazo de 120 días, la tasa de interes de los préstamos personales que otorga el Instituto de Seguridad Social en los términos aquí establecidos.[1]
Estado de la norma: VIGENTE.-
Publicado en B.O. 3408 del 03-04-20.-
Dictado el26-03-20.-
Operador del Digesto: M.L.E.-
Artículo 1°.-Establézcase a partir del 1 de Abril de 2020 y por un plazo de 120 días, la tasa de interés de los préstamos personales que otorga el Instituto de Seguridad Social, en virtud del inciso a) del artículo 17 de la Norma Jurídica de Facto N° 1170 (t.o. 2000) según modificación introducida por Leyes N° 2091 y 2237, como se indica seguidamente:
Tasa: será variable. Se fijará en forma mensual para el mes que se liquida cada cuota y en base a la tasa pizarra plazo fijo a 30 días en pesos del Banco de La Pampa SEM Casa Central, vigente al primer día hábil del mes al que corresponda la mencionada cuota, con un adicional del TRES PUNTOS PORCENTUAL como límite máximo a la tasa referida precedentemente.