Decreto N° 3423-2023

Ingreso de fondos del del Comando General Electoral con destino al pago de viáticos al personal de seguridad afectado a la custodia de las Elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias, las Elecciones Generales y la eventual Segunda Vuelta Electoral a celebrarse en el año 2023. [1]

 

Estado de la norma: VIGENTE.-

Publicado en el B.O. 3585 del 25-08-23.-

Dictado el 8-8-23.-

Operador del Digesto: M.L.E.-

 

 

VISTO:

            El Expediente Nº 1932/23, caratulado : "MINISTERIO DE SEGURIDAD - S/ PROCEDIMIENTO PAA EL PAGO DE VIÁTICOS AL PERSONAL QUE REALIZA LA CUSTODIA Y VIGILANCIA EN LAS ELECCIONES 2023 CONFORME INSTRUCCIÓN DEL COMANDO GENERAL ELECTORAL.-"; y

 

CONSIDERANDO:

 

          Que en el mismo la Jefatura de Policia solicita se establezca el procedimiento administrativo a realizarse para la percepción de los fondos recibidos por la Provincia por parte del Comando General Electoral, con el fin de abonar los viáticos al personal policial afectado a la custodia y vigilancia de las elecciones 2023 - operación "SUFRAGIO 2023" "Custodia y Seguridad de las Elecciones Nacionales 2023";

 

          Que a fojas 4/7 obra Decreto N-2023-238-APN-PTE, de fecha 27 de abril del corriente año por el que se constituye el COMANDO GENERAL ELECTORAL, dependiente del Poder Ejecutivo Nacional, a los fines de la custodia de las Elecciones Primarias, Abiertas, Simultaneas y Obligatorias, Elecciones Generales y la eventual segunda Vuelta Electoral a celebrarse en el año 2023;

 

          Que el artículo 6º del mencionado Decreto autoriza al Ministro de Seguridad a subordinar al Comando General Electoral los efectivos del Ejercito Argentino, de la Armada Argentina y de la Fuerza Aérea Argentina, autorizando a requerir a los Gobiernos Provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires  la subordinación de los efectivos de sus respectivas fuerzas de seguridad;

 

          Que a fojas 8/9 obra Nota NO-2023-49160248-APN-CO-EMCO, del Comando Operacional de las Fuerzas Armadas, donde solicita remitir nota elevada por la máxima autoridad policita y/o penitenciaria, informando los datos relativos a las cuentas bancarias a efectos de que el Comando General proceda oportunamente a realizar las transferencias bancarias de seguridad provinciales afectadas al operativo;

 

          Que a fojas 10 obra Nota del Señor Jefe de Policía informando la cuenta bancaria  Nº 1095/7 de titularidad GOBIERNO PROVINCIA DE LA PAMPA - Denominación: PROVINCIA DE LA PAMPA- RENTAS GENERALES;

 

          Que dada la proximidad de las fechas en cuestión, y las necesidades operativas de la policía provincial, resulta necesario para el desempeño de todas las actividades preparatorias relativas al ejercicio de su función, así como de las tareas de coordinación entre las distintas fuerzas, establecer el procedimiento administrativo para la coordinación entre la misma y el Comando General;

 

          Que ha tomado intervención la Delegación de Asesoría Letrada de Gobierno actuante en el Ministerio de Seguridad;

 

          Que en consecuencia, corresponde dictar el pertinente acto administrativo;

 

POR ELLO:

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

 

Artículo 1°.- Autorízase a Tesorería General de la Provincia a recibir en la cuenta bancaria N° 1095/7 de titularidad GOBIERNO PROVINCIA DE LA PAMPA – Denominación: PROVINCIA DE LA PAMPA – RENTAS GENERALES, los fondos provenientes del Comando General Electoral con destino al pago de viáticos al personal de seguridad afectado a la custodia de las Elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias, las Elecciones Generales y la eventual Segunda Vuelta Electoral a celebrarse en el año 2023.

 

Artículo 2°.- Increméntase en la suma de PESOS SEIS MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SIETE CON 03/100 ($ 6.388.457,03) el total de erogaciones del Presupuesto General de la Administración Provincial (Administración Central y Organismos Descentralizados) para el Ejercicio 2023, establecidos por el artículo 1° de la Ley N° 3511.

 

Artículo 3°.- Increméntase en la suma de PESOS SEIS MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SIETE CON 03/100 ($ 6.388.457,03) el total del cálculo de recursos establecido por el artículo 2° de la Ley N°3511, los que serán destinados a atender erogaciones a las que se refiere el artículo 2°.

 

Artículo 4°.- Comuníquese a la Cámara de Diputados la modificación presupuestaria, a través de la Dirección General de Presupuesto, en la periodicidad establecida en el artículo 3° de la Le N° 1388 -Complementaria Permanente de Presupuesto-

 

Artículo 5º.- Autorizase al Ministro de Seguridad a disponer el pago de los viáticos al personal de las fuerzas de seguridad de la Provincia, conforme la Instrucción para el pago de viáticos impartida por el Comando General Electoral.

 

Artículo 6º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministro de Seguridad y de Hacienda y Finanzas.-

 

Artículo 7º.- Dése al Registro Oficial y al Boletín Oficial, comuníquese, publíquese y pase a Tesoreria General y Contaduría General a sus demás efectos.

 

ANEXO I

ANEXO II



[1] Nota: Título dado por el Digesto.