DECRETO Nº 1903-2010
PRORROGA ARTÍCULO 1º DEL DECRETO 3252/08.[1]
Estado de la norma: VIGENTE
Publicado en B.O. Nº 2910 del 17-09-2010.-
Dictado el 26-08-2010.-
Operador del Digesto: R. S.-
Art. 1º.- Prorrógase por el plazo de 120 días a partir del 1 de Setiembre de 2010 la vigencia del artículo 1º del Decreto Nº 3252/08, prorrogado por los Decretos Nºs 852/09, 2782/09, 167/10 y 916/10.-