DECRETO Nº 2782-2009

PRORROGA EL PLAZO DE LA VIGENCIA DEL ARTÍCULO 1º

DEL DECRETO Nº 3252/08.[1]

 

Estado de la Norma: VIGENTE.

 

Publicado en B.O. Nº 2869 del 04-12-2009.-

Dictado el 27-11-2009.-

Operador de Digesto: R. S.-

 

 

Art. 1º.- Prorrógase por el plazo de 90 días a partir del 1º de diciembre de 2009 la vigencia del artículo 1º del Decreto nº 3252/08, prorrogado por Decreto nº 852/09.-

 



[1] Nota de Redacción: Título dado por redacción DI.