Decreto Nº 1404-2019
Modifica la redacción del art. 6 del anexo del Decreto Nº 1079/09 el cual reglamente la ley que crea el Consejo Provincial de Descentralizacion
Estado de la norma: VIGENTE
Publicado en B.O. 3359 del 26-04-19.-
Dictado el 17-04-19.-
Operador del Digesto: M.L.E.-
Artículo 1°.-Sustitúyase la redacción del artículo 6° en el Anexo del Decreto N° 1079/09 de Reglamentación de la Ley N° 2358 en su redacción dada por Ley N° 2461 de Creación del Consejo Provincial de Descentralización, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“Artículo 6°.-El financiamiento de proyectos industriales y de prestación de servicios al sector productivo, se efectuará a través de microcréditos a otorgar por las Municipalidades o Comisiones de Fomento y será por un monto mínimo de $ 100.000,00 y máximo de hasta $ 220.000,00 por solicitante, destinados a la financiación de Activo Fijo y Capital de Trabajo, los que no devengarán intereses, El plazo de reintegro para la cancelación del capital prestado se establece en hasta 5 años, el que podrá incluir un período de gracia para el pago del capital de hasta 6 meses.”