Decreto Nº 1319-2019
Modifica el Anexo I del Decreto 3013-06 que regula el Programa Operatoria Provincia y Municipios para construcción de Galpones Industriales .[1]
Estado de la norma: DEROGADO por Decreto Nº 1059-2021.-
Publicado en B.O. Nº 3359 del 26-04-19.-
Dictado el 15-04-19.-
Operador de Digesto: M.L.E.-
Artículo 1°.-Sustitúyase el artículo 5° del Anexo I del Decreto N° 3013/06 y sus modificatorios, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“Artículo 5°.-Destinatarios de los Galpones Industriales: Serán destinatarios de la presente operatoria las pequeñas empresas en marcha radicadas en la localidad, que desarrollen actividades productivas o servicios de apoyo a laproducción. Se considerarán pequeñas empresas alaspersonas físicas o jurídicas con un Patrimonio Neto empresarial que no supere el monto de PESOS DOS MILLONES QUINIENTOS MIL ($ 2.500.000.00)y un número nomayor a DIEZ (10)empleados”.
Artículo 2°.-Sustitúyase el artículo 9° del Anexo Idel Decreto N° 3013/06 y sus modificatorios, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“Artículo 9°.-Monto del aporte no reembolsable otorgado al Municipio: Se estipula un valor base para los Aportes No Reintegrables de hasta PESOS OCHOCIENTOS MIL ($800.000,00)por módulo constructivo que se graduará en cada caso según el modelo seleccionado y será destinado a cubrir laconstrucción de Galpones Industriales. En casos excepcionales y con justificación técnica, el Ministerio de la Producción podrá aprobar montos mayores”.
Artículo 3°.-Sustitúyase el artículo 11 del Anexo I del Decreto N° 3013/06 y sus modificatorios, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“Artículo 11.-Ampliaciones y/o refacciones no modulares: Se estipula valor base para los Aportes No Reintegrables con tal destino que no deberá superar la suma de PESOS TRESCIENTOS CINCUENTA MIL ($ 350.000,00)por Operatoria”.
Artículo 4°.-Derógase el Decreto N° 513/16, de fecha 29 de marzo de 2016, a partir de la fecha de vigencia del presente Decreto.