Decreto N° 1059-2021
Modifica el Decreto N° 3013/06 el cual aprueba el Programa Operatoria Provincia y Municipios para construcción de Galpones Industriales. [1]
Estado de la norma: VIGENTE.-
Publicado en B.O. 3466 del 14-05-21.-
Dictado el 23-04-21.-
Operador del Digesto: M.L.E.-
Artículo 1º.- Sustitúyase el artículo 5° del Anexo I del Decreto N° 3013/06 y sus modificatorios, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“Artículo 5º.- Destinatarios de los Galpones Industriales: Serán destinatarios de la presente operatoria las pequeñas empresas en marcha radicadas en la localidad, que desarrollen actividades productivas o servicios de apoyo a la producción. Se considerarán pequeñas empresas a las personas humanas o jurídicas con un Patrimonio Neto empresarial que no supere el monto de PESOS CINCO MILLONES ($ 5.000.000,00) y un número no mayor a DIEZ (10) empleados”.
Artículo 2º.- Sustitúyase el artículo 9° del Anexo I del Decreto N° 3013/06 y sus modificatorios, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“Artículo 9º.- Monto del aporte no reembolsable otorgado al Municipio: Se estipula un valor máximo para los Aportes No Reintegrables de hasta $ 1.600.000,00 por módulo constructivo, y será destinado a cubrir la construcción de Galpones Industriales. En casos excepcionales y con justificación técnica, el Ministerio de la Producción podrá aprobar montos mayores”.
Artículo 3º.- Sustitúyase el artículo 11 del Anexo I del Decreto N° 3013/06 y sus modificatorios, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“Artículo 11.- Ampliaciones y/o refacciones no modulares: Se estipula un valor máximo para los Aportes No Reintegrables con tal destino que no deberá superar la suma de $ 700.000,00 por Operatoria”.
Artículo 4º.- Derógase el Decreto Nº 1319/19, de fecha 15 de abril de 2019, a partir de la fecha de vigencia del presente Decreto.