ACUERDO Nº 3658 –STJ-
Modificar los artículos 13 del Anexo I del Acuerdo 1438 (y sus modificatorios) y 18 del Anexo del Acuerdo 1582
Estado de la norma: VIGENTE.-
Dictado el 18-09-2019.-
Operadora del digesto: M.L.E.-
En la ciudad de Santa Rosa,
capital de la Provincia de La Pampa, a los dieciocho días del mes de septiembre
de dos mil diecinueve, se reúne en Acuerdo el Superior
Tribunal de Justicia, integrado por el Sr .Presidente, Dr. Fabricio Ildebrando
Luis LOS I, y los Sres
Ministros, Dres. Eduardo D.
FERNÁNDEZ MENDíA y Hugo Oscar
DÍAZ.
ACORDARON
:
Modificar los
artículos 13 del Anexo I del Acuerdo 1438 (y sus
modificatorios) y 18 del Anexo del Acuerdo 1582. Visto y
Considerando: Que mediante Acuerdo 1438 y sus
modificatorios se aprobaron las normas para concursos de ingreso al Poder
Judicial de la Provincia de La Pampa. Que en el artículo 13 del Anexo I del
citado Acuerdo se estableció que [1] a Secretaría de Recursos Humanos, apoyada
en la evaluación del desempeño del ingresante, que realizará el responsable del
organismo en el que se desempeña (o en su defecto el superior jerárquico del
ingresante), a los
tres y cinco meses, elaborará un informe que deberá presentar al Superior
Tribunal de Justicia no menos de quince días hábiles antes del vencimiento del
plazo contractual
Que la exigencia de la evaluación de desempeño también se encuentra prevista en las normas para la selección de candidatos a cubrir vacantes de secretarios judiciales y administrativos (conf. artículo 18 del Anexo del Acuerdo 1582).
Que por nota de fecha 6 de septiembre de 2019, la Secretaría de Recursos Humanos , conjuntamente con Sector Remuneraciones de la Secretaría de Economía Y Finanzas , informaron la conveniencia de modificar el período de presentación de las evaluaciones de desempeño (fijándolas en el segundo y cuarto mes de la contratación) toda vez que la implementación del Nuevo Sistema de Liquidación de Sueldos (NSL) no resulta compatible con el cumplimiento de los períodos actualmente consignados en los normas citadas .
Que en atención a lo
manifestado, y con el objetivo de evitar inconvenientes en los trámites de
ingresos y/o de liquidación de sueldos, resulta necesario y oportuno modificar
los Acuerdos mencionados. Por ello, el Superior Tribunal de Justicia, RESUELVE:
Primero: Modificar los artículos 13 del Anexo I del Acuerdo 1438
(y sus modificatorios) y 18 del Anexo del Acuerdo 1582,
los que quedarán redactados de la siguiente manera :"Artículo 13 0
: Previó cumplimiento de los trámites formales (examen
médico, certificación de antecedentes, etc. ) y a fin de precisar el grado de
adaptación al cargo o función al que fue destinado, su desempeño y su potencial
efectivo,
ingresante se vinculará al
Poder Judicial con un contrato de locación de servicios, por un plazo de seis
meses. La Secretaría de Recursos Humanos, apoyada en la evaluación del
desempeño del ingresante, que realizará el responsable del organismo en el que
se desempeña (o en su defecto el superior jerárquico del ingresan te), a los
dos y cuatro meses, elaborará un informe que deberá presentar al Superior
Tribunal de Justicia no menos de quince días hábiles antes del vencimiento del
plazo contractual. A posteriori se resolverá, la incorporación a la
planta permanente, la
renovación
del contrato de locación de servicios, o cesación de la prestación de
servicios".
"18°) La incorporación de
Secretarios se realizará en calidad de contratados, previo cumplimiento de
todos los requisitos
legales y reglamentarios. El
con trato inicial tendrá una duración de seis meses. Al cumplirse los dos y
cuatro meses de servicio, el superior jerárquico elaborará sendos informes de
evaluación de desempeño. Tomando en consideración los mismos y los elementos de
juicio adicionales que pudiera obtener, el Secretario de Recursos Humanos
confeccionará un informe que deberá ser elevado a conocimiento del Superior
Tribunal de Justicia con no menos de quince días de anticipación al vencimiento
del plazo contractual".
Segundo: El presente Acuerdo comenzará a regir a partir del día de la fecha.
Por Secretaría se librarán las comunicaciones que correspondan. Protocolícese y regístrese.