ACUERDO Nº 2964 –STJ-

 

Dictado el 28-02-2011.-

Operador Digesto: R.S.-

 

En la ciudad de Santa Rosa, Capital de la Provincia de La Pampa, a los veintiocho días del mes de febrero de dos mil once, se reúne en Acuerdo el Superior Tribunal de Justicia, integrado por el Sr. Presidente Dr. Eduardo D. FERNÁNDEZ MENDÍA; y los Sres. Ministros Dres., Tomás Esteban MUSTAPICH y Elena Victoria FRESCO, con la actuación del Secretario Legal Dr. Horacio Esteban di NÁPOLI.--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------ACORDARON:------------------------------------------------------------------------------------------Incorporar al Anexo del Acuerdo Nº 2891 lo relacionado con el pago de honorarios de peritos a cargo del Poder Judicial en el proceso penal.--------------------------------------------Visto y Considerando: la necesidad de complementar el Anexo del Acuerdo Nº 2891 relacionado con el pago de los anticipos de gastos y honorarios de los peritos en las causas penales, el Superior Tribunal de Justicia, RESUELVE: Incorporar al Anexo aprobado por el Acuerdo 2891 lo siguiente: El Poder Judicial afrontará el pago de los honorarios de los peritos en los procesos penales:--------------------------a) cuando el proceso culmine por el sobreseimiento o absolución y la intervención del perito hubiese sido dispuesta de oficio o a propuesta del Ministerio Fiscal o del imputado representado por el defensor general ante los tribunales con competencia en materia penal (Art. 83, inc. 2º, apartado a) y Art. 84, Ley 1675);-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------b) cuando el tribunal exima, total o parcialmente, al condenado (Art. 499, CPP);----------------------------c) cuando el tribunal imponga las costas al condenado sin perjuicio del derecho del Poder Judicial de repetir lo pagado contra aquél.-----------------------------------------------------------------------------------------El magistrado o tribunal deberán peticionar el pago de los honorarios a la Dirección General de Administración del Poder Judicial. A tal fin, acompañarán copias certificadas:---------------------------------1. de la resolución judicial que ordena la producción de la medida de prueba;--------------------------------2. de las actas de designación y aceptación del cargo por el perito;---------------------------------------------3. de la resolución judicial firme y consentida que regule los honorarios profesionales del perito.---------Por Secretaría se librarán las comunicaciones que correspondan al presente Acuerdo. Protocolícese y Regístrese. Con lo que terminó el acto que previa lectura y ratificación, firman los Señores Magistrados arriba nombrados, todo por ante mí de lo que doy fe.-------------------------------------------------------------

 

 

FIRMANTES:

Dr. Eduardo FERNANDEZ MENDIA, Presidente

Dr. Tomas Esteban MUSTAPICH, Ministro

Dra. Elena Victoria FRESCO, Ministro

Dr. Horacio E. di NÁPOLI, Secretario Legal.