RESOLUCIÓN -MdeP- Nº 331-2024
Destino de los fondos del recupero de los préstamos otorgados a través del “Fondo de Recuperación de Stock Bovino”.-[1]
Estado de la norma: VIGENTE.-
Publicado en B.O. 3645 del 18-10-24.-
Dictado el día 14-10-24.-
Operador del Digesto: M.L.E.-
Artículo 1°.- Destínase los fondos del recupero de los préstamos otorgados a través del “Fondo de Recuperación de Stock Bovino” a financiar la compra de alimento, reservas forrajeras, insumos y/o servicios necesarios para la implantación y renovación de pasturas perennes, como así también mejoras necesarias en infraestructura rural mínima de producción, en el marco de lo dispuesto por el artículo 5º inciso b) de la Ley Nº 2595, a pequeños y medianos productores agropecuarios cuyas explotaciones se encuentren localizadas dentro de los departamentos declarados en Emergencia y/o Desastre Agropecuario Provincial por sequía.
Artículo 3º.- La Dirección de Asistencia Técnica y Financiera, dependiente de la Subsecretaría de Industria, Comercio y Pymes, tendrá a su cargo la recepción y evaluación de los formularios aprobados en el marco de la presente Resolución y, en su caso, proceder a la tramitación en su oficina del otorgamiento del crédito.
Artículo 4º.- Autorízase al representante de la Dirección de Asistencia Técnica y Financiera y/o de la Subsecretaría de Industria, Comercio y Pymes a firmar el Contrato de Mutuo que como anexo VII forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 5º.- Deróguese la Resolución N° 542/23