DICTAMEN -ALD- Nº 576-2023 -M.S.-

Subsidios para gastos de capital, intervención del Ministerio de Obras y Servicios Públicos.[1]

 

Estado de la norma: VIGENTE.-

Dictado el 12-09-23.-

Operador del Digesto: M.L.E.-

 

Nota del Digesto: Al Respecto se sugiere ver Dictamen de ALG N° 59-2024 posterior a este.

 

 

Expediente N°: 12217/23

Referencia: MINISTERIO DE SEGURIDAD-S/SUBSIDIO.

Terceros Iniciadores: FEDERACION DE ASOCIACIONES DE BOMBEROS VOLUNTARIOS DE LA PAMPA

 

 

SEÑOR MINISTRO:

 

Requerida que fuera la intervención que nos compete, respecto a la observación que fuera realizada por parte de Relatoría Mayor Sala 1, del Tribunal de Cuentas, agregada de fs. 67; respecto al Decreto N° 2775/23, que rola de fs 59/60; mediante el cual le fuera otorgado un Subsidio a la Federación de Asociaciones de Cuerpos de Bomberos Voluntarios de la Provincia de La Pampa, por la suma de $14.000.000,00, destinados para gastos de capital.

 

En relación a ello, y en razón de considerar que los trabajos a realizar, se corresponden con la definición de Obra Pública, se remiten los actuados a este Ministerio a los fines de tomar vista y se expida en relación a lo establecido en el Art. 6 de la Ley General de Obras Públicas N°38.

 

En virtud de ello, es dable manifestar que en el Digesto del Tribunal de cuentas de La Provincia, se encuentra la mencionada norma legal, y en su Art. 6, precisamente menciona un llamado (asterisco), explicitando que se complemente dicho Art. con lo establecido en el Reglamento de la Dirección de Inspecciones Decreto N° 3144/80, en el cual en su Anexo – Art. 1°, expresa que la función de la Dircc. De Inspecciones es inspeccionar las Obras en el marco de la Ley General de Obras Públicas N° 38.   

 

Considerando que el referido Art. 6, establece que: Cuando la Provincia acuerde subsidios o subvención para una obra, esta quedará sometida en su construcción a la fiscalización de la Dirección o Repartición, considerándose en este caso, la competencia de la Dirección de Inspecciones.

 

Firmado: Carlos DACAL, Abogado – Asesoría Letrada Delegada del Ministerio de Obras y Servicios Públicos.

 



[1] Nota del Digesto: Título dado por el Digesto Web.