Disposición Nº 30-2024 -M.C. y M.-Subsecretaría de Modernización

DI-2024-30-E-GLP-SSM#MCM-

Apruébese el Nomenclador de Trámites códigos 51 a 54 y 20.[1]

 

 

Estado de la norma: VIGENTE.-

Publicado en el B.O. 3642 del 27-09-24.-

Operadora del Digesto: M.L.E.-

 

 

 

 

Artículo 1°.- Apruébese el Nomenclador de Trámites que como Anexo forma parte integrante de la presente.

 

Artículo 2º.- Los organismos comprendidos en el art. 4º del Decreto 2422/22 deberán cesar la caratulación en soporte papel de los procedimientos incluidos en el Nomenclador de Trámites aprobado en el artículo precedente; debiéndolo hacer a través del módulo Expediente Electrónico (EE) del Sistema de Gestión Documental Electrónica – GDE, a partir del día 1º de noviembre de 2024.

 

Artículo 3º.- Las personas usuarias con permiso caratulador procederán a la caratulación de expedientes en el Módulo Expediente Electrónico (EE) conforme a la descripción correspondiente a los Códigos de Trámites del Nomenclador que se aprueba en la presente.

 

Artículo  4º.- La Subsecretaría de Modernización brindará la asistencia técnica y capacitación para la implementación y funcionamiento del Nomenclador de Trámites aprobado precedentemente.

 

Artículo 5º.- Rectifíquese la descripción del Código 020 del Anexo de la Disposición Nº DI-2024-6-E-GLPSSM# MCM, el que quedará redactado conforme el Nomenclador de Trámites que se aprueba en el artículo 1º.

 

Artículo 6º.- Sustitúyase el artículo 2º de la Disposición de la Subsecretaria de Modernización Nº DI-2024-6-E-GLPSSM# MCM, el que quedará redactado de la siguiente manera: “Los organismos comprendidos en el art. 4º del Decreto 2422/22 deberán cesar la caratulación en soporte papel de los procedimientos incluidos en el Nomenclador de Trámites aprobado en el artículo precedente; debiéndolo hacer a través del módulo Expediente Electrónico (EE) del Sistema de Gestión Documental Electrónica – GDE, a partir de la firma de la presente”.

 

Artículo 7º.- Comuníquese, publíquese y dese intervención a la Coordinación Administrativa de Transformación Digital, a la Dirección General de Modernización e Innovación Administrativa, al Ministerio de Hacienda y Finanzas y a la Mesa General de Entradas y Salidas dependiente de la Secretaría General de la Gobernación.



[1] Nota: Título dado por el Digesto