RESOLUCIÓN Nº129-2022 -M.O.yS.P.-
Aprobar las normas Internas del Registro Permanente de Licitadores y Consultores de Obras Públicas[1]
Estado de la norma: VIGENTE.-
Dictado el 02-11-22.-
Operador del Digesto: M.L.E.-
VISTO:
El Expediente Nº 13532/2005, caratulado: “MINISTERIO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS – S/ MODIFICACIÓN DE LAS NORMAS INTERNAS DEL REGISTRO PERMANENTE DE LICITADORES DE OBRAS PÚBLICAS”; y
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 8º inciso a) del Anexo I del Decreto Nº 2546/93, faculta a la Comisión de Clasificación del Registro Permanente de Licitadores y Consultores de Obras Públicas, a elaborar las normas internas que permitan la aplicación del mencionado decreto, las que serán aprobadas por Resolución del Ministerio de Obras y Servicios Públicos;
Que, en el temario de la Reunión Nº 1/2022 de la Comisión de Clasificación del Registro Permanente de Licitadores y Consultores de Obras Públicas, a elaborar las normas internas que permitan la aplicación del mencionado decreto, las que serán aprobadas por Resolución del Ministerio de Obras y Servicios Públicos;
Que, en el temario de la Reunión Nº 1/2022 de la Comisión de Clasificación del Registro Permanente de Licitadores y Consultores de Obras Públicas, se plantea la necesidad de actualizar las Normas Internas;
Que, en el Acta Nº1/2022 de la mencionada Comisión de Clasificación, de fecha 1 de noviembre de 2022, se resolvió, por unanimidad, aprobar la modificación de los artículos: III – CAPACIDAD TÉCNICA DE CONTRATACIÓN INDIVIDUAL Y POR ESPECIALIDAD y V – CAPACIDAD DE CONTRATACIÓN ANUAL de las Normas Internas;
Que, en la Reunión Nº 1/2022 de la Comisión de Clasificación del Registro Permanente de Licitadores y Consultores de Obras Públicas, transcripta en el Acta Nº 1/2022, se aprueba por unanimidad de los miembros presentes, el proyecto de Normas Internas del Registro Permanente de Licitadores y Consultores de Obras Públicas;
Que ha tomado intervención la Delegación de Asesoría Letrada de Gobierno actuante en este Ministerio;
Que resulta necesario dejar sin efecto los términos establecidos mediante Resolución Nº 293/17, y corresponde dictar la medida legal respectiva a efectos de formalizar la decisión antes mencionada;
POR ELLO:
EL MINISTRO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS
RESUELVE:
Artículo 1º.- Dejar sin efecto los términos establecidos en el Anexo I de la Resolución Nº 293/17 de este Ministerio, en virtud de los argumentos plasmados en los presentes considerandos.
Artículo 2º.- Aprobar las normas Internas del Registro Permanente de Licitadores y Consultores de Obras Públicas, las que como Anexo I forma parte integrante de la presente Resolución, encuadrándose en lo normado por el artículo 8, inciso a) del Decreto Nº 2546/93.
Artículo 3º.- Regístrese, dése al Boletín Oficial y pase al Registro Permanente de Licitadores y Consultores de Obras Públicas.