RESOLUCIÓN Nº 694-2024 -IPAV-
Rectifícanse los planos de vistas, de estructura de techo, de instalación eléctrica, de cloacas, de agua y de gas de la Reglamentación del Plan Provincial de Viviendas Sociales - Mi Casa 4 y las especificaciones técnicas.[1]
Estado de la norma: VIGENTE.-
Dictada el 23-07-26.-
Operador de Digesto: M.L.E.-
VISTO:
El Expediente Nº 3931/2024 caratulado: "MINISTERIO DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS - INSTITUTO PROVINCIAL AUTARQUICO DE VIVIENDA - S/ NUEVO PROGRAMA DE VIVIENDAS MI CASA.-"; y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto Nº 1110/24 se crea el "PLAN PROVINCIAL DE VIVIENDAS SOCIALES "MI CASA 4";
Que el artículo 11 del mencionado Decreto, delega en el Instituto Provincial Autárquico de Vivienda el dictado de la reglamentación correspondiente;
Que en uso de dicha facultad este Organismo procede a reglamentar la Operatoria mediante el dictado de la Resolución Nº 434/24, obrante de fojas 66 a 103;
Que como anexo forman parte del mencionado reglamento, los planos de vistas, de estructura de techo, de instalación de cloacas, de instalación de agua, instalación de gas, y las especificaciones técnicas particulares de la obra;
Que de acuerdo a lo informado a fojas 117 por el Departamento Estudios y Proyectos de la Gerencia Técnica de este Instituto, en los planos de vistas, como en los de instalación de gas y eléctrico, resulta necesario modificar los gráficos para su mayor comprensión, sin modificar el proyecto general;
Que en el plano de estructura de techo, se consignó erróneamente que la capacidad del tanque de agua era de MIL (1000) litros, siendo la capacidad correcta de OCHOCIENTOS CINCUENTA (850) litros;
Que en los planos de instalación de cloacas y de agua se realizaron modificaciones para su mejor funcionamiento;
Que en las especificaciones técnicas particulares, por un error de tipeo se consigna que todo lo expresado es de acuerdo al artículo 9º del Pliego de Especificaciones Técnicas Generales, no correspondiendo esa indicación;
Que de acuerdo a lo establecido en artículo 94º de la N.J.F Nº 951, Ley de Procedimiento Administrativo, en cualquier momento podrán rectificarse los errores materiales o de hecho y los aritméticos, siempre que la enmienda no altere lo sustancial del acto o decisión;
Que ha tomado intervención la Delegación de Asesoría Letrada de Gobierno actuante en el Instituto Provincial Autárquico de Vivienda, no teniendo objeciones legales que formular;
Que por lo expuesto, resulta procedente el dictado del acto administrativo correspondiente;
POR ELLO:
LA PRESIDENTA DEL
INSTITUTO PROVINCIAL AUTARQUICO DE VIVIENDA
RESUELVE:
Artículo 1º.- Rectifícanse los planos de vistas, de estructura de techo, de instalación eléctrica, de cloacas, de agua y de gas de la Reglamentación del Plan Provincial de Viviendas Sociales - Mi Casa 4, aprobados por Resolución Nº 434/24 de este Instituto que como Anexo, forman parte de la presente Resolución.-
Artículo 2º.- Rectifícase el Artículo 1º de las especificaciones técnicas particulares, de la Reglamentación del Plan Provincial de Viviendas Sociales - Mi Casa 4, aprobado por Resolución Nº 434/24 de este Instituto el que quedara redactado de la siguiente manera:
"Artículo 1º.- CIMIENTOS DE MUROS EXTERIORES:
Dimensiones y hormigón entrarán claramente expresados en el cálculo respectivo, en función de los que establece el CIRSOC-2005, respetando las zonas sísmicas y no sísmicas. Se considerará como mínimo lo CITADO en las presentes especificaciones o lo GRAFICADO en detalle constructivo, debiendo presentar el cálculo correspondiente.-
1.2) El hormigón tendrá un mínimo de 300 kg. de cemento por m3 de hormigón. En terrenos donde exista posibilidad de ataque de componentes del suelo de fundación al hormigón, se usarán cementos, según lo especifican las normas CIRSOC.-
1.3) En caso de realizarse plateas, las mismas serán de hormigón armado y se respetará lo siguiente:
1.3.1) Armadura mínima: Ø6 c/15 cm repartido longitudinal y transversalmente. Se admitirán como opcional, mallas electro-soldadas de 6 mm de 15 x 15 cm, Q1881
1.3.2) Se colocarán separadores rígidos de hormigón asegurando un recubrimiento mínimo de las armaduras.-
1.4) Cuando se execute zapata corrida continua, la misma será de medidas mínimas 20cm de alto por 60cm de ancho y respetará lo siguiente:
1.4.1) Encadenado Inferior sección: 20 x 20 cm con armadura transversal Ø6 c/20cm y estribo Ø6 c/60 - Armadura Longitudinal 4 Ø8 - Armadura Transversal 1 Ø8 c/20cm - Armadura Longitudinal 4 Ø10.
1.5) Se podrán proponer otro tipo de fundaciones, las que serán analizadas y aprobadas a criterio de EL ORGANISMO.".-
Artículo 3º.- Regístrese, dése al Boletín Oficial, publíquese, comuníquese y vuelva a la Gerencia Técnica de este Organismo a sus efectos.-