RESOLUCIÓN CONJUNTA Nº 456-2016 - TdeC y CG -

Modifica Art. 1 del Anexo de la  Resolución Conjunta Nº 301-2016

 

Estado de la norma: VIGENTE

Dictada el 27-09-2016.-

Operador del Digesto: M.L.E.-

 

VISTO:

El Expediente Nº 9290/16 caratulado “CONTADURIA GENERAL- S/RE- SOLUCIÓN CONJUNTA CON EL TRIBUNAL DE CUENTAS”; y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución Conjunta Nº 301/16 del Tribunal de Cuentas y Contaduría General de la Provincia, se establecieron las normas complementarias al Decreto Nº 158/92 que deben observarse en las rendiciones de las comisiones de servicios;

Que en virtud de la aplicación práctica de la Resolución Conjunta Nº 301/16  se han detectado ciertos inconvenientes administrativos para el cumplimiento de la misma;

Que resulta necesaria la adaptación del articulado a lo anteriormente dispuesto;

Que ha tomado intervención el Departamento Legal de la Contaduría General y la Asesoría Letrada del Tribunal de Cuentas de la Provincia;

POR ELLO,

 

LA CONTADURIA GENERAL DE LA PROVINCIA

Y EL TRIBUNAL DE CUENTAS DE LA PAMPA

RESUELVEN:

Artículo 1º: Modifíquese el Artículo 1º del Anexo de la Resolución Conjunta nº 301/16 de la Contaduría General y el Tribunal de Cuentas de la Provincia, el que quedará redactado de la siguiente forma:

Artículo 1º: A fin de acreditar el pago de gastos originados en comisiones de servicio, deberá aportarse, conjuntamente con la planilla de rendición de los mismos, los comprobantes que justifiquen dichos gastos, los cuales deberán ser emitidos por el proveedor a nombre de la Jurisdicción o Unidad de Organización por la que el agente haya sido comisionado, o consignar el número de patente o legajo del automotor en su caso. No se aceptarán comprobantes emitidos a nombre de particulares ni de otras reparticiones.”

Artículo 2º: Regístrese, notifíquese a las jurisdicciones presupuestarias y dese al Boletín Oficial para su publicación.