LEY Nº 3379
Sustituyendo  el  texto  del  inciso  a)  del  artículo  9°  de  la  Ley  38 –texto dado por la Ley 3234.

 

Estado de la norma: VIGENTE.-

Publicado en el B.O 3488 del 15-10-21.-

Promulgada el 29-09-21.-

Sancionada el 16-09-21.-

Operador del Digesto: M.L.E.

 

 

 

 

Artículo 1º: Sustitúyese el texto del inciso a) del artículo 9º de la Ley 38 - texto dado por la Ley 3234-, el cual quedará redactado de la siguiente manera: "a) Cuando su valor no exceda la suma de PESOS CINCO MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA MIL ($5.350.000,00) se contratará en forma directa, cuando su valo no exceda la suma de PESOS DIECISEIS MILLONES CIEN MIL ($16.100.000,00) se contratará mediante Concurso de precios  y cuando su valor no exceda la suma de PESOS TREINTA Y DOS MILLONES CIENTO CINCUENTA MIL ($32.150.000,00) se contratará mediante Licitación Privada. En los casos de Concursos de Precios y Licitación Privada, se aplicará el procedimeinto indicado en los artículos 32 y 34 respectivamente"

 

Artículo 2º: Comuníquese al Poder Ejecutivo.

 

 

DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados de  la  provincia  de  La  Pampa,  en  Santa  Rosa,  a  los dieciséis días del mes de septiembre de dos mil veintiuno.

 

REGISTRADA BAJO EL N° 3379

Dr.  Mariano  Alberto  FERNÁNDEZ,  Vicegobernador  de La  Pampa,  Presidente  Cámara  de  Diputados  Provincia  de La   Pampa -Dr. Juan Manuel MEANA,  Prosecretario, Cámara de Diputados Provincia de La Pampa. 

 

EXPEDIENTE N° 12417/21

SANTA ROSA, 29 SEP. 202 

POR TANTO: Téngase  por  LEY  de  la  Provincia;  Dése  al  Registro Oficial   y   al   Boletín   Oficial,   cúmplase,   comuníquese, publíquese y archívese. 

DECRETO N° 694/21 Sergio  Raúl  ZILIOTTO,  Gobernador  de  La  Pampa – Ing. Juan Ramón GARAY, Ministro de Obras y Servicios Públicos, - C.P.N. Ernesto Osvaldo FRANCO, Ministro de Hacienda y Finanzas.

SECRETARIA  GENERAL  DE  LA  GOBERNACIÓN: 26 MAR. 2021

Registrada  la  presente  Ley,  bajo  el  número  TRES  MIL TRESCIENTOS SETENTA Y NUEVE (3379).

José    Alejandro    VANINI,    Secretario    General    de    la Gobernación