LEY 2992

Sustituyendo el artículo 2° de la Ley Provincial 2318

 

 

 

Estado de la norma: VIGENTE.-

Publicada en el B.O. 3262 del 16-06-17.-

Promulgada el 22-12-16.-

Sancionada el 02-01-17.-

Operador del Digesto:M.L.E.-

 

 

Artículo 1°.-Sustitúyese el artículo 2° de la Ley Provincial 2318, el que quedará redactadode la siguiente forma:

 

"Artículo  2°:El  Poder  Ejecutivo  podrá  otorgar  a  la Empresa PAMPETROL S.A.P.E.M. permisos de exploración  y  las concesiones  de  explotación,  almacenaje y transporte respecto de las áreas detalladas en el artículo anterior,  de  acuerdo  a  lo  normado  por  la  Ley  Provincial 2225,  y  de  conformidad  con  los  plazos  y  condiciones  de otorgamiento   consignados   en   la   Ley   Provincial   de Hidrocarburos 2675.

También  podrá  renovar  a  la  misma  empresa  los permisos de exploración -por no haberse transformado en concesiones   de   explotación-y   las   concesiones   de explotación,  almacenaje  y  transporte  vencidos,  inclusive adecuar  aquellos  que  se  hallen  en  curso  de  ejecución, teniendo  en  cuenta  en  todos  los  casos  los  plazos  y condiciones previstos por la Ley 2675".

 

Artículo 2°.-Comuníquese al Poder Ejecutivo.

 

Dada  en  la  Sala  de  Sesiones  de  la  Cámara de  Diputados de la provincia de La Pampa, en Santa Rosa, a un día del mes de junio de dos mil diecisiete.-

 

REGISTRADA BAJO EL N° 2992

Dr.  Mariano  Alberto  FERNÁNDEZ,  Vicegobernador  de  La Pampa, Presidente Cámara de Diputados Provincia de La Pampa –Dra.  Varinia  Lis  MARÍN  Secretaria  Legislativa Cámara de Diputados Provincia de La Pampa.-

 

EXPEDIENTE Nº 7334/17

SANTA ROSA 12 DE JUNIO DE 2017

 

POR TANTO: Téngase  por  LEY  de  la  Provincia;  Dése  al Registro Oficial y al Boletín Oficial, cúmplase, comuníquese, publíquese y archívese.-

 

DECRETO Nº 1546/17

Ing. Carlos Alberto VERNA Gobernador de La Pampa –Dr. Ricardo  Horacio MORALEJO, Ministro  de  la Producción–C.P.N  Ernesto  Osvaldo FRANCO, Ministro  de  Hacienda  y Finanzas.-

 

SECRETARIA  GENERAL  DE  LA  GOBERNACIÓN:12 DE JUNIO DE 2017.-

Registrada la presente Ley, bajo el numero DOS MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y DOS (2992).-

Ing.   Juan   Ramón   GARAY,   Secretario   General   de   la Gobernación.-