LEY Nº 2.586
PRORROGANDO ENTRADA EN VIGENCIA DE LA LEY Nº 2287 –
CÓDIGO PROCESAL PENAL.
Estado de la norma: VIGENTE
Publicada en B.O. Nº 2912 del 01-10-2010-
Promulgada el 07-09-2010-
Sancionada el 26-08-2010-
Operador del Digesto: R. S.-
Artículo 1°.- La Ley 2287 (Código Procesal Penal) entrará en vigencia a partir del 10 de marzo de 2011.-
Artículo 2°.- Derógase el Artículo 1° de la Ley 2512.-
Artículo 3°.- La presente Ley entrará en vigencia a partir del día de su sanción.-
Artículo 4°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.-
DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados de la Provincia de La Pampa, en Santa Rosa, a los veintiséis días del mes de agosto de dos mil diez.-
C.P.N. Luis Alberto CAMPO, Vicegobernador Presidente Cámara de Diputados Provincia de La Pampa – Lic. Pablo Daniel MACCIONE, Secretario Legislativo Cámara de Diputados Provincia de La Pampa.-
EXPEDIENTE N° 9145/10
Santa Rosa, 7 de Septiembre de 2010
POR TANTO:
Téngase por LEY de la Provincia; Dése al Registro Oficial y al Boletín Oficial, cúmplase, comuníquese, publíquese y archívese.-
DECRETO Nº 2143/10
C.P.N. Oscar Mario JORGE – Gobernador de La Pampa.- Dr. César Ignacio RODRIGUEZ – Ministro de Gobierno Justicia y Seguridad.-
SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN: 7 de Septiembre de 2010
Registrada la presente Ley, bajo el número DOS MIL QUINIENTOS OCHENTA Y SEIS (2586).-
Raúl Eduardo ORTIZ, Secretario General de la Gobernación.-