LEY Nº 2.586

PRORROGANDO ENTRADA EN VIGENCIA DE LA LEY Nº 2287 –

 CÓDIGO PROCESAL PENAL.

 

Estado de la norma: VIGENTE

 

 Publicada en B.O. Nº 2912 del 01-10-2010-

Promulgada el 07-09-2010-

Sancionada el 26-08-2010-             

Operador del Digesto: R. S.-

 

 

 

Artículo 1°.- La Ley 2287 (Código Procesal Penal) entrará en vigencia a partir del 10 de marzo de 2011.-

 

Artículo 2°.- Derógase el Artículo 1° de la Ley 2512.-

 

Artículo 3°.- La presente Ley entrará en vigencia a partir del día de su sanción.-

 

Artículo 4°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.-

 

 

DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados de la Provincia de La Pampa, en Santa Rosa, a los veintiséis días del mes de agosto de dos mil diez.-

 

C.P.N. Luis Alberto CAMPO, Vicegobernador Presidente Cámara de Diputados Provincia de La Pampa – Lic. Pablo Daniel MACCIONE, Secretario Legislativo Cámara de Diputados Provincia de La Pampa.-

 

EXPEDIENTE N° 9145/10

Santa Rosa, 7 de Septiembre de 2010

 

POR TANTO:

Téngase por LEY de la Provincia; Dése al Registro Oficial y al Boletín Oficial, cúmplase, comuníquese, publíquese y archívese.-

 

DECRETO Nº 2143/10

C.P.N. Oscar Mario JORGE – Gobernador de La Pampa.- Dr. César Ignacio RODRIGUEZ – Ministro de Gobierno Justicia y Seguridad.-

 

SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN: 7 de Septiembre de 2010

Registrada la presente Ley, bajo el número DOS MIL QUINIENTOS OCHENTA Y SEIS (2586).-

Raúl Eduardo ORTIZ, Secretario General de la Gobernación.-