LEY Nº 2.221
PRORROGANDO HASTA EL 30 DE JUNIO DE 2006, LA LEY Nº 2179, SUSPENSION DE SUBASTAS DE INMUEBLES POR OBLIGACIONES DINERARIAS.
DEROGADA POR LEY 2410
Promulgada el 21-12-05.-
Sancionada el 15-12-05.-
Artículo 1º.- Prorrógase hasta el día 30 de junio de 2006, la vigencia de la Ley Nº 2179 –suspensión de subastas sobre inmuebles por obligaciones dinerarias.-
Artículo 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.-
DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados de la Provincia de La Pampa, en Santa Rosa, a los quince días del mes de diciembre de dos mil cinco.-
Prof. Norma Haydeé DURANGO, Vicegobernadora de La Pampa Presidenta Cámara de Diputados Provincia de La Pampa.- Dr. Mariano Alberto FERNANDEZ, Secretario Legislativo Cámara de Diputados Provincia de La Pampa.-
EXPEDIENTE Nº 15436/05.-
SANTA ROSA, 21 de Diciembre de 2005.-
Por Tanto:
Téngase por Ley de la Provincia; Dése al Registro Oficial y al Boletín Oficial, cúmplase, comuníquese, publíquese y archívese.-
DECRETO Nº 2806/05.-
Ingº. Carlos Alberto VERNA, Gobernador de La Pampa.- Dr. Juan Carlos TIERNO, Ministro de Gobierno, Justicia y Seguridad.-
SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNACION: 21 de Diciembre de 2005.-
Registrada la presente Ley, bajo el número DOS MIL DOSCIENTOS VEINTIUNO (2221).-
Ingº. Juan Ramón GARAY, Secretario General de la Gobernación.