LEY Nº 2.221

PRORROGANDO HASTA EL 30 DE JUNIO DE 2006, LA LEY Nº 2179, SUSPENSION DE SUBASTAS DE INMUEBLES POR OBLIGACIONES DINERARIAS.

 

DEROGADA POR LEY 2410

 

Publicado en B.O. 2664 el 29-12-05.-

Promulgada el 21-12-05.-

Sancionada el 15-12-05.-

 

 

Artículo 1º.- Prorrógase hasta el día 30 de junio de 2006, la vigencia de la Ley Nº 2179 –suspensión de subastas sobre inmuebles por obligaciones dinerarias.-

 

Artículo 2º.- Comuníquese  al Poder Ejecutivo.-

 

DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados de la Provincia de La Pampa, en Santa Rosa, a los quince días del mes de diciembre de dos mil cinco.-

 

Prof. Norma Haydeé DURANGO, Vicegobernadora de La Pampa Presidenta Cámara de Diputados Provincia de La Pampa.- Dr. Mariano Alberto  FERNANDEZ, Secretario Legislativo Cámara de Diputados Provincia de La Pampa.-

 

EXPEDIENTE Nº 15436/05.-

 

SANTA ROSA, 21 de Diciembre de 2005.-

 

Por Tanto:

         Téngase por Ley de la Provincia; Dése al Registro Oficial y al Boletín Oficial, cúmplase, comuníquese, publíquese y archívese.-

 

DECRETO Nº 2806/05.-

 

Ingº. Carlos Alberto VERNA, Gobernador de La Pampa.- Dr. Juan Carlos TIERNO, Ministro de Gobierno, Justicia y Seguridad.-

 

SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNACION: 21 de Diciembre de 2005.-

 

Registrada la presente Ley, bajo el número DOS MIL DOSCIENTOS VEINTIUNO (2221).-

 

Ingº. Juan Ramón GARAY, Secretario General de la Gobernación.