Estado de la norma: Vigente

                              (Nota del Digesto: Esta norma estará vigente para las rendiciones

correspondientes al periodo 2022 inclusive y a partir del periodo 2023

entrará en vigencia la Resolución Nº 188-2022.)

 

RESOLUCIÓN Nº 84/2011

SANTA ROSA, 25 de julio de 2011

 

VISTO:

 

 

                La Resolución Nº 46/2011 del Tribunal de Cuentas de la Provincia de La Pampa y el Instructivo para Establecimientos Educativos - Rendiciones de Gastos de Funcionamiento en Efectivo; y

 

CONSIDERANDO:

 

     Que el mencionado Manual Instructivo tiene por finalidad capacitar a los responsables de la administración de los fondos de los Establecimientos Educativos de la Provincia de La Pampa;

 

     Que es necesario además elaborar un Instructivo complementario destinado a aquellos Establecimientos Educativos que no poseen cuenta corriente bancaria;

 

               Que para la confección de este último se adaptó el contenido del “Manual de Procedimiento para Rendición de Gastos de Funcionamiento de Establecimientos Educativos” de acuerdo al nivel de complejidad y modalidad de pago de los mismos reuniendo de forma resumida y didáctica los aspectos más importantes para la presentación de la Rendición de Cuentas;

 

               Que la implementación del Instructivo, cuya aprobación se propone, permite una efectiva y eficaz ejecución y control de los fondos públicos conforme a la normativa legal vigente;

 

               Que el Tribunal de Cuentas dentro de los procedimientos del Sistema de Gestión de la Calidad, estableció el Procedimiento del Sistema de Calidad  4.2.3. “Control de Documentos”;

 

               Que a los efectos de cumplir con el procedimiento indicado, resulta conveniente codificar el “Instructivo para Establecimientos Educativos - Rendiciones de Gastos de Funcionamiento en Efectivo” con la siguiente referencia “IEE-Rev.0”(Instructivo para Establecimientos Educativos) el cual quedará sujeto a los requisitos exigidos por las normas de referencia y a los establecidos para mantener el Sistema de Gestión de la Calidad;

 

               Que en virtud de lo expuesto se han cumplido todos los recaudos formales y legales pertinentes;

 

               Que es necesario establecer la fecha a partir de la cual se implemente de  forma  obligatoria  la  Resolución  Nº 46/2011  del  Tribunal  de  Cuentas que

 

                                                                                                            //.-

//2.-

 

aprueba el “Manual de Procedimientos del Sistema Renditivo de Gastos de Funcionamiento de los Establecimientos Educativos”;

 

POR ELLO:

 

EL TRIBUNAL DE CUENTAS

R E S U E L V E:

 

Artículo 1º: Apruébase el “Instructivo para Establecimientos Educativos – Rendiciones de Gastos de Funcionamiento en Efectivo” que como Anexo I forma parte de la presente, el cual se ajusta a la legislación vigente en la materia.

 

Artículo 2º: Codifícase el Instructivo para Establecimientos Educativos - Rendiciones de Gastos de Funcionamiento en Efectivo” con la siguiente referencia: “IEE – Rev.0”, el cual quedará sujeto a los requisitos exigidos por las normas de referencia y a los establecidos para mantener el Sistema de Gestión de la Calidad.

 

Artículo 3º: La presente Resolución y la Resolución Nº 46/2011 del Tribunal de Cuentas serán de aplicación obligatoria a partir del primer día hábil del mes de Enero del Ejercicio 2012. 

 

Artículo 4º : Comuníquese al Ministerio de Cultura y Educación de la Provincia.

 

Artículo 5º: Regístrese por Secretaría, comuníquese, y cumplido, archívese.  

 

Firma: Presidente Subrogante Dr. José Roberto SAPPA, Vocal Dr. Francisco GARCIA, Vocal Subrogante CPN Liliana SAGO de LEVENTAN, por ante mí: Secretario Dr. José Carlos MOSLARES, Tribunal de Cuentas de la Provincia de La Pampa.