RESOLUCIÓN Nº 229/2023

SANTA ROSA, 13 de septiembre de 2023

 

 

 

VISTO:

          El Expediente Nº 15281/2021 caratulado: “MGEyS – MINISTERIO DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS – ADMINISTRACION PROVINCIAL DEL AGUA S/DOCUMENTACION PARA EJECUCION DE LA OBRA: RED DE DESAGÜES CLOACALES Y PLANTA DE TRATAMIENTO – DE LA LOCALIDAD DE ALTA ITALIA.-”; y

 

CONSIDERANDO:

 

          Que oportunamente se ha dado intervención al Tribunal de Cuentas, en los términos del artículo 2º del Decreto Ley Nº 513/69, respecto del proyecto de decreto de fs. 938/942 por medio del cual se aprueba la Licitación Pública Nº 8/21 convocada por la Administración Provincial del Agua dependiente del Ministerio de Obras y Servicios Públicos;

 

          Que mediante Resolución N° 228/23, el Tribunal de Cuentas aprobó el mencionado proyecto de decreto, desestimando las observaciones formuladas por Contraloría Fiscal, en virtud de lo establecido en el artículo 5º c) del Decreto Ley Nº 513/69y por los fundamentos expresados en los considerandos de la citada Resolución;

 

          Que a fojas 1145/1149 se agrega nuevo proyecto de decreto y se da intervención a este organismo, dando curso a las modificaciones sugeridas en la mencionada Resolución e incorporando en sus considerandos la mención de las intervenciones de la Contraloría Fiscal y de éste Tribunal;

 

          Que el proyecto de acto remitido a control debe considerarse encuadrado en las disposiciones del artículo 2 inciso 2 del Decreto Ley Nº 513/69;

 

POR ELLO:

EL TRIBUNAL DE CUENTAS

 

R E S U E L V E:

 

Artículo 1º: Otórgase conformidad con los alcances del artículo 2º inciso 2º del Decreto Ley Nº 513/69 al proyecto de Decreto de fojas 1145/1149 por el cual se aprueba la Licitación Pública Nº 8/21 convocada por la administración Provincial del Agua dependiente del Ministerio de Obras y Servicios Públicos y en consecuencia se adjudica la ejecución de la obra: “RED DE DESAGÜES CLOACALES Y PLANTA DE TRATAMIENTO – DE LA LOCALIDAD DE ALTA ITALIA” a la Empresa GRUPO RIGEM S.A..-

Artículo 2º: Regístrese por Secretaría, comuníquese y cumplido archívese.