RESOLUCIÓN Nº 200/2015

SANTA ROSA, 4 de diciembre de 2015

VISTO:

          El Expediente Nro. 3158/2015 caratulado “MINISTERIO DE CULTURA Y EDUCACION - DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION ESCOLAR S/CONTRATACION DE SERVICIO DE COCINA EN LA ESCUELA Nº 12 DE GENERAL PICO.-” y ;

CONSIDERANDO:

          Que en el expediente de referencia tramita la aprobación de la Licitación Pública Nº 43/15 tramitada por la Dirección General de Administración Escolar para la prestación del servicio de cocina y su limpieza en la Escuela Nº 12 de Jornada Completa, de la ciudad de General Pico;

          Que el Contador Fiscal interviniente se expidió a fojas 164/165 donde no conforma las actuaciones, elevándolas a consideración de este Tribunal, emitiendo el Dictamen Nº -GCP-428/15- "por considerar que las tareas que son necesarias contratar son propias de empleados y no se encuentran acreditadas las causales que justifiquen una contratación directa por razones de urgencia,...";

          Que este Tribunal ya se ha expedido mediante Resolución Nº 111/2015 en un trámite análogo al presente, donde se promovía una contratación directa para el servicio de cocina y limpieza del mismo establecimiento educativo que el de origen de estos actuados;

          Que este Tribunal entiende que el trámite traído a intervención debe ser aprobado sin perjuicio de las consideraciones que se realizarán;

          Que corresponde señalar que la aprobación del presente trámite sólo debe considerarse excepcional y en las próximas contrataciones el Tribunal, reitera, deberá darse cumplimiento a la normativa vigente a través de la contratación del personal respectivo;

          Que este Tribunal entiende razonable, prudente y oportuno la aprobación excepcional del presente trámite.

POR ELLO:

 

EL TRIBUNAL DE CUENTAS

R E S U E L V E:

 

Artículo 1º: Desestimar las observaciones de Contraloría Fiscal obrantes a fojas 164/165 de Expediente Nº 3158/2015 y, en consecuencia, conformar el Proyecto de Decreto y el Proyecto de Contrato de Prestación de Servicios obrante a fojas 148/153, en virtud de lo establecido en el artículo 5° inciso c) del Decreto Ley Nº 513/69 y por los fundamentos expresados en los considerandos de la presente resolución.

Artículo 2º: Informar a la Dirección General de Administración del Ministerio de Cultura y Educación de la Provincia que la presente aprobación del trámite es de carácter  excepcional y que en el futuro deberá dar cumplimiento a la totalidad de la normativa vigente.

Artículo 3º: Regístrese por Secretaría, comuníquese y cumplido archívese.