RESOLUCIÓN Nº 192/2012

SANTA ROSA, 5 de diciembre de 2012

 

 

VISTO:

 

          El Expediente Nº 3940/2012 -MGEyS- caratulado: “MINISTERIO DE SALUD - SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION S/CONTRATACION DEL SERVICIO DE SEGURIDAD PARA EL CENTRO SANITARIO DE SANTA ROSA.-” y;

 

CONSIDERANDO:

 

          Que en el mismo se tramita la contratación del servicio de vigilancia y control de instalaciones del Centro Sanitario de la ciudad de Santa Rosa mediante licitación privada según artículo 34 inc A) de la Ley de Contabilidad y los Decretos 2321/10 y 58/12;

 

          Que mediante Resolución Nº 1462/12 del Ministro Coordinador de Gabinete se deja sin efecto la Licitación Privada Nº 65/12 y se convoca a Licitación Privada Nº 147/12;

 

          Que a fojas 305 obra informe de preadjudicación elaborado por el Director del Centro Sanitario de Santa Rosa, quien preadjudica la propuesta de Mirtha Teresa Flores, por un plazo de veinticuatro meses y un precio mensual de Pesos OCHENTA MIL DOSCIENTOS VEINTISIETE CON VEINTE CENTAVOS ($ 80.227,20), lo que hace un monto total de contratación de PESOS UN MILLON NOVECIENTOS VEINTICINCO MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y DOS CON OCHENTA CENTAVOS ($ 1.925.452,80);

 

          Que la Contadora Fiscal interviniente no conforma las actuaciones, elevándolas a consideración de este Tribunal, por entender que “…el monto total de la preadjudicación es de $ 1.925.452,80 se estaría superando, en las presentes actuaciones, el monto superior permitido como excepción por la ley 3 de contabilidad para realizar la contratación por el procedimiento de licitación privada.”;

 

          Que a los efectos de ratificar o no lo dictaminado por el Contador Fiscal es pertinente traer a colación lo señalado por los arts. 33 y 34 de la Ley Nº 3 de Contabilidad, así el artículo 33 señala que “Toda contratación en que el Estado Provincial sea parte, y en general toda aquella que signifique entrada o salida de fondos, que no esté reglada en forma especial, se regirá por las disposiciones de la presente ley y se realizará previa licitación pública” y el artículo 34 inciso a) dispone que podrán exceptuarse de la licitación pública: “Las contrataciones cuyo monto estimado no exceda de UN MILLON DOSCIENTOS VEINTICINCO MIL PESOS ($ 1.225.000,00), en cuyo caso, se seguirá el procedimiento de la licitación privada y siempre que el importe de la preadjudicación no supere en un veinticinco (25%) por ciento el máximo señalado”;

 

          Que atento a que el monto de la preadjudicación excede el autorizado para la contratación por Licitación Privada, corresponde rechazar el proyecto de Resolución del Ministro de Coordinación de Gabinete sometido a intervención;

 

POR ELLO:

 

EL TRIBUNAL DE CUENTAS

R E S U E L V E:

 

Artículo 1º: Rechazar el proyecto de Resolución del Ministro de Coordinación de Gabinete obrante a fojas 314/315y el proyecto de contrato de prestación de servicios obrante a fojas 316/317 del Expediente Nº 3940/2012 -MGEyS- caratulado: “MINISTERIO DE SALUD - SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION S/CONTRATACION DEL SERVICIO DE SEGURIDAD PARA EL CENTRO SANITARIO DE SANTA ROSA.-”.

 

Artículo 2º: Remitir las presentes actuaciones al titular del Poder Ejecutivo en los términos del artículo 6º del Decreto Ley Nº 513/69.

 

Artículo 3º: Regístrese por Secretaría, comuníquese, publíquese y cumplido, archívese.