RESOLUCIÓN Nº 192/2012
SANTA ROSA, 5 de diciembre de 2012
VISTO:
El Expediente Nº 3940/2012 -MGEyS-
caratulado: “MINISTERIO DE SALUD - SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION
S/CONTRATACION DEL SERVICIO DE SEGURIDAD PARA EL CENTRO SANITARIO DE SANTA ROSA.-”
y;
CONSIDERANDO:
Que en el mismo se tramita la
contratación del servicio de vigilancia y control de instalaciones del Centro
Sanitario de la ciudad de Santa Rosa mediante licitación privada según artículo
34 inc A) de la Ley de Contabilidad y
los Decretos 2321/10 y 58/12;
Que mediante Resolución Nº 1462/12 del
Ministro Coordinador de Gabinete se deja sin efecto la Licitación Privada Nº
65/12 y se convoca a Licitación Privada Nº 147/12;
Que a fojas 305 obra informe de
preadjudicación elaborado por el Director del Centro Sanitario de Santa Rosa,
quien preadjudica la propuesta de Mirtha Teresa Flores, por un plazo de
veinticuatro meses y un precio mensual de Pesos OCHENTA MIL DOSCIENTOS
VEINTISIETE CON VEINTE CENTAVOS ($ 80.227,20), lo que hace un monto total de
contratación de PESOS UN MILLON NOVECIENTOS VEINTICINCO MIL CUATROCIENTOS
CINCUENTA Y DOS CON OCHENTA CENTAVOS ($ 1.925.452,80);
Que la Contadora Fiscal interviniente
no conforma las actuaciones, elevándolas a consideración de este Tribunal, por
entender que “…el monto total de la preadjudicación es de $ 1.925.452,80 se estaría
superando, en las presentes actuaciones, el monto superior permitido como
excepción por la ley 3 de contabilidad para realizar la contratación por el
procedimiento de licitación privada.”;
Que a los efectos de ratificar o no lo
dictaminado por el Contador Fiscal es pertinente traer a colación lo señalado
por los arts. 33 y 34 de la Ley Nº 3 de Contabilidad, así el artículo 33 señala
que “Toda contratación en que el Estado Provincial sea parte, y en general toda
aquella que signifique entrada o salida de fondos, que no esté reglada en forma
especial, se regirá por las disposiciones de la presente ley y se realizará
previa licitación pública” y el artículo 34 inciso a) dispone que podrán exceptuarse
de la licitación pública: “Las contrataciones cuyo monto estimado no exceda de
UN MILLON DOSCIENTOS VEINTICINCO MIL PESOS ($ 1.225.000,00), en cuyo caso, se
seguirá el procedimiento de la licitación privada y siempre que el importe de
la preadjudicación no supere en un veinticinco (25%) por ciento el máximo
señalado”;
Que atento a que el monto de la
preadjudicación excede el autorizado para la contratación por Licitación
Privada, corresponde rechazar el proyecto de Resolución del Ministro de
Coordinación de Gabinete sometido a intervención;
POR ELLO:
EL TRIBUNAL DE
CUENTAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º: Rechazar el proyecto de Resolución
del Ministro de Coordinación de Gabinete obrante a fojas 314/315y el proyecto
de contrato de prestación de servicios obrante a fojas 316/317 del Expediente
Nº 3940/2012 -MGEyS- caratulado: “MINISTERIO DE SALUD - SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION
S/CONTRATACION DEL SERVICIO DE SEGURIDAD PARA EL CENTRO SANITARIO DE SANTA
ROSA.-”.
Artículo 2º: Remitir las presentes actuaciones
al titular del Poder Ejecutivo en los términos del artículo 6º del Decreto Ley Nº 513/69.
Artículo 3º: Regístrese por Secretaría,
comuníquese, publíquese y cumplido, archívese.