RESOLUCIÓN Nº 106/2013

SANTA ROSA, 2 de octubre de 2013

 

VISTO:

          El Expediente N° 10984/2013 - MGEyS- caratulado “MINISTERIO DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS – DIRECCIÓN GENERAL DE OBRAS PUBLICAS S/ CONTRATACIÓN DE PROFESIONAL PARA LA VERIFICACIÓN DE LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, CALCULO ESTRUCTURAL Y ESTUDIO DE SUELO DE LA OBRA: CONSTRUCCIÓN HOSPITAL DE ALTA COMPLEJIDAD EN LA CIUDAD DE SANTA ROSA – (L.P.).-”; y

CONSIDERANDO:

          Que según lo establece el artículo 2° del Decreto-Ley N° 513/69, “Los poderes públicos del Estado y los organismos autárquicos o des­centralizados, darán vista por diez (10) días al Tribunal, de toda actuación por la que se proyecte disponer, aprobar,…. 1° La adjudicación en concesiones, licitaciones públicas o privadas, concursos de precios o contrataciones directas….”;

          Que el Contador Fiscal actuante en el presente expediente se expidió dentro del plazo establecido en el artículo 4º de la citada normativa;

          Que a los efectos de que el Tribunal apruebe o desestime el trámite traído a consideración de este cuerpo, se hace necesario contar con dictamen fundado de la autoridad de aplicación de la Ley N° 507 – Orgánica de Asesoría Letrada de Gobierno respecto el encuadre legal dado a la presente contratación y lo expresado por el Contador Fiscal interviniente en su Dictamen N° DOB – 288/13;

          Que es facultad de este Tribunal disponer la suspensión del plazo fijado en el Decreto Ley N° 513/69, cuando así lo determine pertinente;

          Que en el presente caso, se encuentran cumplidos los recaudos pertinentes;

          Que corresponde en consecuencia el dictado de la Resolución respectiva, en los términos del segundo párrafo del texto legal referenciado;

POR ELLO:

 

EL TRIBUNAL DE CUENTAS

R E S U E L V E:

Artículo 1º: Suspéndase el plazo establecido en el artículo 2° del Decreto Ley N° 513/69, hasta tanto Asesoría Letrada de Gobierno emita dictamen sobre el encuadre legal aplicable en la presente contratación.

Artículo 2º: Remítanse las presentes actuaciones a Asesoría Letrada de Gobierno de La Pampa a los efectos indicados en la presente.

Artículo 3º: Regístrese por Secretaría, comuníquese y cumplido, archívese.