Tribunal
de Cuentas de la Provincia de La Pampa
Se recibe a consideración de este Tribunal de Cuentas informe elevado por las Jefes de Relatores de División 1ª y 2ª referentes a rendiciones de viáticos.
Mediante el mismo, se expone en forma detallada los criterios que a partir de ahora se adoptarán respecto a documentación respaldatoria de la comisión de servicios realizada, de la forma de liquidar los viáticos “dentro” y “fuera” de la provincia y para la devolución de los anticipos de viáticos.
Analizado su contenido, resulta compartido por este Tribunal, por lo que se adjunta dicho informe*, como parte del presente dictamen, poniéndose el mismo en conocimiento para su aplicación a partir de la fecha, de Contaduría General de la Provincia y demás responsables de rendir cuentas de los poderes Legislativo y Judicial y entes autárquicos y descentralizados.
TRIBUNAL DE CUENTAS, junio 6 de 2005.