Tribunal
de Cuentas de la Provincia de La Pampa
Decreto Acuerdo 1615-1958[1]
Modifica artículo 4 Inciso a) del Decreto Acuerdo 1681-1954[2]
Dictado el 03-09-1958.-
Operador Digesto: R.D.: MAB.-
VISTO:
Las disposiciones del decreto-acuerdo nº 1781-1954 que reglamenta las funciones de las habilitaciones y
CONSIDERANDO:
Que el plazo establecido en artículo 4º inciso a) para la remisión de las planillas de haberes del personal motiva serios inconvenientes a la Contaduría General por cuanto tales planillas son giradas con posterioridad al día 15 en la mayoría de los casos y obligan a la aprobación por parte de aquel Organismo de todas ellas en un lapso reducido de días para hacer posible el pago;
Que la modificación del plazo para la remisión de que se trata no trae como consecuencia inconvenientes algunos, y si la desaparición de los referidos en el precedente considerando;
POR ELLO:
EL INTERVENTOR NACIONAL EN LA PROVINCIA
En Acuerdo General de Ministros
D E C R E T A :
Artículo 1º.- Modifícase el Artículo 4º Inciso a) del Decreto Acuerdo 1681/54, que quedará redactado de la siguiente manera: a) confeccionar las planillas de haberes que correspondan a las respectivas secretarías, subsecretarías o reparticiones de sus dependencias, efectuando exclusivamente los descuentos autorizados por disposiciones vigentes. Estas planillas deberán ser remitidas a la Contaduría General indefectiblemente antes del 10 de cada mes.
Artículo 2º.- El presente decreto acuerdo será refrendado por todos los señores Ministros en acuerdo general.
Artículo 3º.- Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y al Boletín Oficial y pase a la Contaduría General de la Provincia a sus demás efectos.