DECRETO Nº 842-2021
Increméntase el total de erogaciones del Presupuesto General de la Administración Provincial y el total del cálculo de recursos.[1]
Estado de la Norma: VIGENTE.
Publicado en B.O. Nº 3464 del 30-04-21.-
Dictado el 09-04-21.-
Operador de Digesto: M.L.E.-
VISTO:
El Expediente Nº 4304/20, caratulado: "MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS S/APORTE DEL TESORO NACIONAL," y
CONSIDERANDO:
Que, luce a foja 268, Nota SG Nº 31/21 del Señor Gobernador, de fecha 16 de marzo del corriente año, dirigida al Señor Ministro del Interior de la Nación mediente la que solicitó se "asista financieramente a la Provincia, mediante la asignación de un Aporte del Tesoro Nacional", para paliar parcialmente las distintas situaciones de emergencia climática que han azotado a varias localidades de nuestra Provincia, por la suma de PESOS OCHO MILLONES ($8.000.000) Y PESOS VEINTIDOS MILLONES ($22.000.000), esta suma para aplicar a la localidad de Santa Rosa;
Que se ha emitido la Resolución Nº2021-52-APN-SP#MI del Ministerio del Interior de la Nación, en donde se ordena transferir el importe de PESOS TREINTA MILLONES ($30.000.000), a nuestra Provincia, habiendo ingresado el día 26 de marzo del corriente año;
Que este Aporte complementa lo solicitado mediante Nota Nº 5/21 del Señor Gobernador, remitida al Ministerio del Interior de la Nación que fuera parcialmente atendida mediante un Aporte de PESOS OCHENTA MILLONES ($80.000.000), mediante Decreto Nº 557/21;
Que es necesario incrementar el total de erogaciones y de recursos fijados por la Ley Nº 3311 y sus modificatorias que estableció el Presupuesto General de la Administración Provincial (Administración Central y Organismos Descentralizados) para el ejercicio 2021, en sus artículos 1º y 2º respectivamente;
Que, por el importe del ingreso, el Poder Ejecutivo se encuentra facultado a realizar tal incremento, debiendo efectuar posteriormente en forma bimestral la comunicación a la Cámara de Diputados;
Que la delegación de la Asesoría Letrada de Gobierno actuante ante el Ministerio de Hacienda y Finanzas ha tomado la intervención que le corresponde;
Que, como se expresó en uno de los considerandos anteriores, el incremento del Presupuesto vigente se enmarca dentro del segundo párrafo del artículo 3º d ela Ley Nº 1388 - Complementaria Permanente de Presupuesto;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1º.-Increméntase en la suma de $ 30.000.000 el total de erogaciones del Presupuesto General de la Administración Provincial (Administración Central y Organismos Descentralizados) para el ejercicio 2021, establecido por el artículo 1° de la Ley N° 3311, y sus modificatorias, de acuerdo al Anexo I del presente Decreto.
Artículo 2°.-Increméntase en la suma de $ 30.000.000 el total del cálculo de recursos, establecido por el artículo 2° de la Ley N° 3311, y sus modificatorias, destinados a atender erogaciones a que se refiere el artículo 1°, de acuerdo a la distribución que se indica en el Anexo II del presente Decreto.
Artículo 3°.-Dése comunicación a la Cámara de Diputados de la presente modificación presupuestaria, a través de la Dirección General de Presupuesto en la periodicidad establecida en el artículo 3° de la Ley N° 1388 -Complementaria permanente de Presupuesto.
Artículo 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro d eHacienda y Finanzas.
Artículo 5º.- Dése al Registro Oficial y al Boletín Oficial, comuníquese, publíquese y pase al Ministerio de Hacienda y Finanzas a sus efectos.
ANEXO I
C |
J |
UO |
C |
FYF |
S |
PP |
Pp |
Ps |
CL |
SCL |
PARTIDA Nº |
DENOMINACION |
IMPORTE |
0 |
T |
01 |
1 |
160 |
1 |
30 |
02 |
1 |
00 |
33 |
9318 |
MUNICIPIOS VARIOS |
$22.000.000 |
0 |
E |
01 |
1 |
490 |
1 |
30 |
06 |
1 |
01 |
33 |
9319 |
PERSONAS DE EXISTENCIA VISIBLE |
$8.000.000 |
ANEXO II
RECURSO
4120-108 MIN INTERIOR NAC - APORTES VS $30.000.000