DECRETO  Nº 842-2021

Increméntase el total de erogaciones del Presupuesto General de la Administración Provincial y el total del cálculo de recursos.[1]

 

Estado de la Norma: VIGENTE.

Publicado en B.O. Nº 3464 del 30-04-21.-

Dictado el 09-04-21.-  

Operador de Digesto: M.L.E.-

 

 

 

 

VISTO:

 

          El Expediente Nº 4304/20, caratulado: "MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS S/APORTE DEL TESORO NACIONAL," y

 

CONSIDERANDO:

 

            Que, luce a foja 268, Nota SG Nº 31/21 del Señor Gobernador, de fecha 16 de marzo del corriente año, dirigida al Señor Ministro del Interior de la Nación mediente la que solicitó  se "asista financieramente a la Provincia, mediante la asignación de un Aporte del Tesoro Nacional", para paliar parcialmente las distintas situaciones de emergencia climática que han azotado a varias localidades de nuestra Provincia, por la suma de PESOS OCHO MILLONES ($8.000.000) Y PESOS VEINTIDOS MILLONES ($22.000.000), esta suma para aplicar a la localidad de Santa Rosa;

 

          Que se ha emitido la Resolución Nº2021-52-APN-SP#MI del Ministerio del Interior de la Nación, en donde se ordena transferir el importe de PESOS TREINTA MILLONES ($30.000.000), a nuestra Provincia, habiendo ingresado el día 26 de marzo del corriente año;

 

          Que este Aporte complementa lo solicitado mediante Nota Nº 5/21 del Señor Gobernador, remitida al Ministerio del Interior de la Nación que fuera parcialmente atendida mediante un Aporte de PESOS OCHENTA MILLONES ($80.000.000), mediante Decreto Nº 557/21;

 

          Que es necesario incrementar el total de erogaciones y de recursos fijados por la Ley Nº 3311 y sus modificatorias que estableció el Presupuesto General de la Administración Provincial (Administración Central y Organismos Descentralizados) para el ejercicio 2021, en sus artículos 1º y 2º respectivamente;

 

          Que, por el importe del ingreso, el Poder Ejecutivo se encuentra facultado a realizar tal incremento, debiendo efectuar posteriormente en forma bimestral la comunicación a la Cámara de Diputados;

 

          Que la delegación de la Asesoría Letrada de Gobierno actuante ante el Ministerio de Hacienda y Finanzas ha tomado la intervención que le corresponde;

 

          Que, como se expresó en uno de los considerandos anteriores, el incremento del Presupuesto vigente se enmarca dentro del segundo párrafo del artículo 3º d ela Ley Nº 1388 - Complementaria Permanente de Presupuesto;

 

POR ELLO:

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

 

Artículo  1º.-Increméntase  en la  suma  de  $  30.000.000  el  total  de  erogaciones  del Presupuesto   General   de   la   Administración   Provincial (Administración  Central  y  Organismos  Descentralizados) para  el  ejercicio  2021,  establecido  por  el  artículo  1°  de  la Ley N° 3311, y sus modificatorias, de acuerdo al Anexo I del presente Decreto.

 

Artículo 2°.-Increméntase en la suma de $ 30.000.000 el total del cálculo de recursos, establecido por el artículo 2° de  la  Ley  N° 3311,  y  sus  modificatorias,  destinados  a atender  erogaciones  a  que  se  refiere  el  artículo  1°,  de acuerdo a  la  distribución que  se  indica  en el  Anexo II del presente Decreto.

 

Artículo   3°.-Dése   comunicación   a   la   Cámara   de Diputados  de  la  presente  modificación  presupuestaria,  a través   de   la   Dirección   General   de   Presupuesto   en   la periodicidad  establecida  en  el  artículo  3°  de  la  Ley  N° 1388 -Complementaria permanente de Presupuesto.

 

Artículo 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro d eHacienda y Finanzas.

 

Artículo 5º.- Dése al Registro Oficial y al Boletín Oficial, comuníquese, publíquese y pase al Ministerio de Hacienda y Finanzas a sus efectos.

 

 

ANEXO I

 

C

J

UO

C

FYF

S

PP

Pp

Ps

CL

SCL

PARTIDA Nº

DENOMINACION

IMPORTE

0

T

01

1

160

1

30

02

1

00

33

9318

MUNICIPIOS VARIOS

$22.000.000

0

E

01

1

490

1

30

06

1

01

33

9319

PERSONAS DE EXISTENCIA VISIBLE

$8.000.000

 

 

 

 

ANEXO II

 

RECURSO

 

4120-108 MIN INTERIOR NAC - APORTES VS                                                 $30.000.000

 

 



[1] Nota de Redacción: Título dado por el Digesto.