DECRETO Nº 78-2012
MODIFICA EL ARTÍCULO 6° DEL DECRETO N° 326/04.[1]
Estado de la Norma: VIGENTE.
Publicado en B.O. Nº 2984 del 17-02-2012.-
Dictado el 03-02-2012.-
Operador de Digesto: R. S.-
Art. 1º. - Modificase el artículo 6° del Decreto N° 326/04, el que quedará redactado de la siguiente manera:
"Artículo 6°.- Será Autoridad de Aplicación y Gestión, el Instituto de Promoción Productiva dependiente del Ministerio de la Producción de la Provincia de La Pampa y a tales fines tendrá bajo su responsabilidad la reglamentación, organización, ejecución y gestión de todas las acciones que integran la operatoria del PROGRAMA, quedando facultado a celebrar convenios con las empresas para obtener el reintegro de los fondos".-