Decreto N° 722-2021
Modifica el Protocolo sanitario para el Servicio de Transporte publico de Pasajeros Interurbanos del Decreto Nº 1247-20.[1]
Estado de la norma: VIGENTE.-
Publicado en el B.O. 3460 del 31-03-21.-
Dictado el 31-03-21 .-
Operador del Digesto: M.L.E.-
Artículo 1°.-Modifícase el “Protocolo sanitario epidemiológico para EL SERVICIO DE TRANSPORTE PUBLICO DE PASAJEROS INTERURBANO” que como Anexo II forma parte del Decreto N° 1247/20, respecto del porcentaje máximo permitido de ocupación del vehículo de transporte público de pasajeros, de acuerdo al siguiente texto:
“La ocupación del vehículo no puede superar el ochenta por ciento (80%) de su capacidad”
Artículo 3º:El presente Decreto entrará en VIGENCIA a partir del 5 de abril del corriente año.
Artículo 4º:El presente Decreto será refrendado por todos los Señores Ministros.