DECRETO 643-2012
SUSTITUYE EL ARTÍCULO 4º DEL DECRETO Nº 2146/06.[1]
Estado de la Norma: VIGENTE.
Publicado en B.O. Nº 3011 del 24-08-2012.-
Dictado el 09-08-2012.-
Operador de Digesto: R. S.-
Artículo 1º: Sustitúyase el Artículo 4º del Decreto Nº 2146/06, el cual quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 4º.- Las obras viales se ajustarán mensualmente a los fines del pago provisorio, mediante la aplicación del índice publicado por la Dirección Nacional de Vialidad en las VARIACIONES DE REFERENCIA CON BASE DIC/01, DECRETO Nº 1295/02 TABLA 1 –CATEGORIA II- OBRAS VIALES. Para el caso que no salga publicado este índice, se usará en forma alternativa, una tabla dinámica que forma parte de Decreto Nº 1295/02- Tabla 1 –Categoría II- Obras Viales- denominada VAR-ERM-106i, emitida por la Dirección Nacional de Vialidad”.-