Decreto Nº 5800-2022
Delégase en el Ministerio de Conectividad y Modernización la facultad de otorgar o denegar aportes no reintegrables a Municipalidades y Comisiones de Fomento, Organizaciones no Gubernamentales e Instituciones de Bien Público.[1]
Estado de la norma: DEROGADO por Decreto Nº 3397-2023.-
Publicado en B.O. 3554 del 20-01-23.-
Dictado el 27-12-22.-
Operador del Digesto: M.L.E.-
Artículo 1°.-Delégase en el Ministerio de Conectividad y Modernización la facultad de otorgar o denegar aportes no reintegrables a Municipalidades y Comisiones de Fomento, Organizaciones no Gubernamentales e Instituciones de Bien Público para gastos de funcionamiento y erogaciones de capital hasta la suma de $ 500.000,00 por vez y por beneficiaria, conforme los términos de la NJF N° 835