Decreto Nº 5013-2017
Aprueba el Manual de Misiones y funciones de la Secretaría de la Mujer
Estado de la norma: VIGENTE
Publicada en B.O. Nº 3293 el 19-01-18.-
Dictado el 29-12-17.-
Operador de Digesto: M.L.E.-
Artículo 1°.- Apruébase el Manual de Misiones y Funciones de la Secretaría de la Mujer que como anexo integra el presente.-
ANEXO
MANUAL DE MISIONES Y FUNCIONES DE LA SECRETARÍA DE LA MUJER
I. La estructura interna de la Secretaría de la Mujer estará integrada de la siguiente manera:
a. Secretaría Privada;
b. Despacho Administrativo;
c. Delegación de Asesoría Letrada de Gobierno, y
d. Dirección General de Coordinación, integrada por:
i. Dirección de Relaciones Institucionales;
ii. Dirección de Planificación y Políticas de Género.
II. SECRETARÍA PRIVADA
Misión: Será misión de la Secretaría Privada llevar la agenda diaria de actividades de la titular de la Secretaría y atender los requerimientos efectuados por la misma para el desarrollo de aquéllas.
Funciones:
a. Llevar la agenda diaria de actividades funcionales y audiencias concedidas;
b. Atender y canalizar las consultas e inquietudes planteadas por personas físicas y organizaciones de la sociedad civil;
c. Llevar registro de las comunicaciones recibidas y efectuadas;
d. Cumplir en tiempo y forma con los actos funcionales encomendados por la titular de la cartera, ofreciendo la más amplia colaboración para concretar su objeto;
e. Realizar toda actividad conducente a la comunicación de la Secretaria de la Mujer con organismos y funcionarios nacionales, provinciales y municipales.
III. DESPACHO ADMINISTRATIVO
Misión: Será misión del Despacho Administrativo asistir a la Secretaría en todas las tramitaciones propias del organismo, ordenando su atención y diligenciamiento.
Funciones:
a. Recibir, tramitar y expedir la documentación de la Secretaría de la Mujer en razón de su competencia;
b. Informar diariamente a la titular de la Secretaría de todas las requisitorias y documentaciones que deban tramitarse por ante la misma, estableciendo sus respectivos cursos procesales;
c. Elaborar, fundar y propiciar la firma de la Secretaria en los proveídos, notas, informes, proyectos y actos que lo requieran;
d. Verificar la correcta confección y redacción de los escritos que deban ser suscriptos por la funcionaria del área;
e. Velar por el cumplimiento de las normas procesales administrativas en lo referente a formalidades y plazos de las tramitaciones;
f. Dirigir y organizar las acciones del personal que se desempeñe en el Despacho Administrativo;
g. Llevar registro y archivo de las Resoluciones dictadas, así como de la documentación que debe conservarse a los fines de la acreditación de cumplimiento de las obligaciones inherentes a la Secretaría; h. Diligenciar las adquisiciones y contrataciones que correspondan, mediante el proceso que en cada caso resulte aplicable;
i. Llevar el contralor de los bienes patrimoniales de todas las áreas de la Secretaría;
j. Colaborar con las restantes dependencias de la Secretaría de la Mujer en todo cuanto resulte pertinente para cumplir con las funciones de dicho organismo.
IV. DELEGACIÓN DE ASESORÍA LETRADA DE GOBIERNO.
Las funciones a desempeñar por la Asesoría Letrada actuante ante la Secretaría de la Mujer serán aquellas indicadas en la Ley N° 507 -Orgánica de Asesoría Letrada de Gobierno-.
V. DIRECCIÓN GENERAL DE COORDINACIÓN.
Misión: Será misión de la Dirección General de Coordinación asistir a la Secretaria de la Mujer en la diagramación, planificación y ejecución de las políticas públicas con perspectiva de género, de conformidad con la legislación vigente, que promuevan la protección de derechos y promoción de la mujer, implementando un trabajo que reconozca la transversalidad de la perspectiva de género, tendiente a impulsar el desarrollo integral de la mujer.
Funciones:
a. Coordinar el funcionamiento de las dos direcciones a su cargo;
b. Propiciar la ejecución de programas y proyectos destinados a la prevención y promoción de los derechos de las mujeres;
c. Promover la organización de actividades de difusión y extensión del organismo;
d. Promover acciones coordinadamente con Organismos Nacionales, Provinciales, Municipales y No Gubernamentales que aborden las temáticas de incumbencia de la Secretaría;
e. Coordinar las acciones de los organismos que se encuentran bajo su esfera jerárquica a los fines de evitar la superposición de tareas y lograr un trabajo eficiente y fructífero;
f. Optimizar la comunicación interna y externa por el buen uso de los canales disponibles para posicionar a la Secretaría de la Mujer;
g. Identificar y analizar las necesidades, demandas y expectativas comunicacionales de la Secretaría de la Mujer, atendiendo a las especificidades de cada área;
h. Difundir las acciones de la Secretaría en materia de género, convocando a la comunidad a participar activamente en la promoción de las mismas;
i. Promover la organización de actividades de difusión y extensión del organismo;
j. Trabajar de manera coordinada con todas las áreas de la Secretaría.
V i.- DIRECCIÓN DE PLANIFICACIÓN DE POLÍTICAS DE GÉNERO.
Misión: Será misión de la Dirección de Planificación de Políticas de Género asesorar a la Dirección General de Coordinación en las cuestiones técnicas y metodológicas relacionadas con la planificación estratégica de las políticas de género, promoviendo la modificación de conductas estereotipadas y fortaleciendo en las mujeres las capacidades personales que permitan una adecuada resolución de conflictos para mejorar la calidad de vida.
Funciones:
a. Diseñar políticas públicas con enfoque de género para lograr la igualdad de derechos entre hombres y mujeres;
b. Diseñar, ejecutar y coordinar programas de capacitación permanente de recurso humano a nivel profesional, técnico y administrativo dentro del ámbito de la Secretaría de la Mujer y de otras dependencias del Gobierno Provincial;
c. Articular con el sistema educativo provincial acciones tendientes a la concientización de los Derechos de las Mujeres y a la promoción de la perspectiva de género;
d. Promover los derechos de las mujeres en el marco de los derechos humanos;
e. Coordinar acciones con áreas de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial en aras a la protección de los Derechos de las Mujeres;
f. Promover la concientización de las mujeres y su núcleo familiar a través de talleres y charlas de asesoramiento de protección de los Derechos de las Mujeres;
g. Intervenir en el análisis de situaciones problemáticas para orientar la posible solución de las mismas, haciendo la derivación pertinente a los organismos competentes;
h. Coordinar, producir y diseñar acciones que promuevan la igualdad de derechos y oportunidades;
i. Identificar temas y problemas relevantes para la agenda pública y proponer actividades de capacitación destinadas a funcionarios que, en razón del ejercicio de sus cargos, tengan contacto con mujeres en situación de violencia;
j. Trabajar de manera coordinada con todas las áreas de la Secretaría.
V. ii.- DIRECCIÓN DE RELACIONES INSTITUCIONALES.
Misión: Será misión de la Dirección de Relaciones Institucionales articular entre áreas departamentales, áreas mujer municipales, organizaciones civiles y la comunidad en general, las políticas de género basadas en la organización y planificación de acciones concretas a cada realidad, siendo el principal objetivo, la promoción de los derechos de las mujeres.
Funciones:
a. Coordinar la aplicación de los programas que la Secretaría de la Mujer implemente en las localidades del interior provincial;
b. Coordinar con las Áreas Mujer Municipales las políticas públicas aplicadas en cada comuna;
c. Promover la formación de redes interinstitucionales e intersectoriales;
d. Coordinar con distintas instituciones, públicas o privadas, actividades y/o acciones con el fin de garantizar la incorporación de la temática de Género en las respectivas agendas;
e. Fomentar y coordinar el conocimiento e intercambio permanente de información de carácter sectorial e intersectorial, estatal y privado, favoreciendo el desarrollo de actividades conjuntas;
f. Desarrollar programas dirigidos a fortalecer la presencia de las mujeres en la economía formal, poniendo énfasis en la capacitación y formación en oficios.-