Decreto Nº 3743-2018

Habilítanse las salas de juego en el ámbito de la Provincia de La Pampa.[1]

 

 

Estado de la norma: VIGENTE

Publicado en Sep de B.O. Nº 3443 del 10-12-20.-

Dictado el 10-12-20.-

Operador de Digesto: M.L.E.-

 

 

 

 

Artículo  1°.-HABILÍTANSE,  en  el  marco  del  artículo  6°  del  Decreto  de Necesidad y Urgencia N° 956/20, las SALAS DE JUEGO, en todo el ámbito de la Provincia de La Pampa.

 

Artículo 2°:Las personas que se encuentren alcanzadas por la habilitación dispuesta por el artículo anterior deberán cumplir con el “PROTOCOLO SANITARIO EPIDEMIOLÓGICO” que como ANEXO I integra y se da por aprobado por el presente.

 

Artículo 3°.-DÉJASE  ESTABLECIDO  que  previa  evaluación  epidemiológica  y  sanitaria la    habilitaciónestablecida  por  el  artículo  1°  del  presente  podrá  modificarse,  suspenderse  o  reanudarse,    en  forma  total  o parcial, por esta Autoridad Provincial.

 

Artículo 4º.-ÍNSTASE a  los  comprovincianos  y  a  la  población  pampeana  en  general  aactuar  con compromiso,   solidaridad   y   responsabilidad   social,   acatando   las   formas,   condiciones   y   modalidades aconsejadas y las recomendaciones de las Autoridades Sanitarias Nacional y Provincial, teniendo en cuenta que la pandemia provocada por el Coronavirus –COVID 19-involucra cuestiones sensibles de salud de toda la población.

 

Artículo 5°.-Las  Autoridades  Municipales,  en  el  marco  de  lo  normado  por  el  artículo  28  del  Decreto  de Necesidad y Urgencia Nº 956/20, en coordinación con las autoridades competentes provinciales, dispondrán los procedimientos de fiscalización necesarios para garantizar las medidas dispuestas en el presente.

 

Artículo 6º.-El presente Decreto entrará VIGENCIA a partir de las 00:00 horas del día 11 de diciembre de 2020.

 

Artículo 7º.-El presente Decreto será refrendado por todos los Señores Ministros.

 

ANEXO

PROTOCOLO SANITARIO EPIDEMIOLÓGICO PARA LA APERTURA DE LAS SALAS DE JUEGO

 

1.-HORARIO PERMITIDO

De lunes a domingos en la franja horaria máxima de 07:00 horas a 01:00 horas

 

2.-MEDIDAS GENERALES –MEDIDAS DE PROTECCIÓN

2.1. Instalación en todos los puntos de acceso a los establecimientos de cartelería informativa sobre pautas de seguridad y normas específicas de funcionamiento de la casa, promoviendo buenos hábitos de higiene.

2.2. Distanciamiento social, donde se exigirá una distancia física mínima de 2 metros entre personas.   2.3. El uso de barbijos y/o tapabocas dentro del establecimiento es de carácter obligatorio en todo momento.

2.4.  Se  garantizará  una  correcta  circulación  y  recambio  de  aire,  manteniendo así una  constante  ventilación. Se PROHÍBE la ventilación mecánica.

2.5. Se dispondrán de estaciones sanitarias en el resto de las áreas de las salas, donde se colocarán dispensers con  alcohol  en  gel  (o  sanitizante)  para  su  uso.  Estas  áreas  estarán  debidamente  identificadas  para  ser reconocidas fácilmente  por  las  personas que  circulen  en  la  sala.  Se  dispondrá  de  kits  de  desinfección  en  la mayor cantidad de espacios posibles.

2.6. Deberán mantenerse las medidas de higiene personal y del lugar.

2.7.  La  conducta  de  higiene  será  obligatoria  en  todo  momento,  en  caso  de  toser  o  estornudar,  hacerlo cubriéndose con el pliegue del codo, para evitar propagación de fluidos.

2.8. Siempre que sea posible, los puntos de ingreso serán distintos a los puntos de egreso con la finalidad de reducir el aglomeramiento de personas.

 

3.-CAPACIDAD

3.1. Permanencia  de hasta el 50% de la  capacidad total habilitada, las  personas deben permanecer sentadas con medidas de distanciamiento (2 metros)

 

4.-DE LOS SECTORES

Sector de Máquinas Tragamonedas

4.1.  Las  posiciones  de  juego  deberán  respetar  siempre  una  distancia  mínima  preventiva  de  seguridad  (2 metros)

4.2.  Ante  un  eventual  cambio,  el  cliente  deberá  solicitar  de  forma  obligatoria  al  personal  de  sala  la desinfección de la máquinaa la cual pretende dirigirse.Sector de Juegos Tradicionales. Consideraciones generales.

4.3. Cada mesa de juego tendrá una protección acrílica divisoria para cada posición de cliente o apostador, el cual deberá estar sentado.

4.4. Se mantendrá resguardado de contacto directo con el croupier y con otros apostadores.

4.5. Estas protecciones están diseñadas para que las mesas de juego funcionen respetando el aislamiento de las personas.

4.6. El supervisor de mesas controlará que se cumplan todos los procedimientos del nuevo esquema de juego, más las medidas de seguridad e higiene y desinfección de mesas a su cargo.

4.7. No se permitirá que los usuarios ocupen una posición de apostador, sin estar jugando de forma regular.

4.8. No se permitirá que los clientesni sus respectivos acompañantes deambulen sin estar apostando.

4.9.  Cada  vez  que  un  cliente  abandone  su  posición  de  juego  inmediatamente  un  empleado  procederá  a desinfectar dicho espacio.

4.10.  Se  exigirá  que  previo  contacto  con  sus  fichas,  el  cliente  se higienice  correctamente  las  manos  con alcohol en gel, el cual se le proveerá inmediatamente. Ruleta.

4.11. Los croupiers deberán utilizar barbijos y máscaras faciales en todo momento.

4.12. En cada cambio de croupier se limpiará correctamente el peón, la bola y el cilindro.

4.13. Se realizará la desinfección de toda la mesa con una frecuencia de 20 minutos con soluciones en base a alcohol/cloro (esto comprende paño central, bordes y fichas).Craps.

4.14. Los croupiers deberán utilizar barbijos y máscarasfaciales en todo momento.

4.15.  En  cada  cambio  de  pagador,  el  mismo  limpiará  correctamente  los  dados,  rastrillo,  baranda,  cazuela, botón (dealer), ello según corresponda.

4.16. Los dados serán higienizados previamente a ser entregados al siguiente apostador.

4.17. Se realizará la desinfección de toda la mesa con una frecuencia de 20 minutos con soluciones en base a alcohol y cloro (esto comprende paño central, bordes y fichas).Black Jack y Poker

4.18. Se cambiarán las cartas ante cada cambio de pagador.

4.19. Los croupiers deberán utilizar barbijos y máscaras faciales en todo momento.

4.20. Se realizará la desinfección de toda la mesa con una frecuencia de 20 minutos con soluciones en base a alcohol/cloro (esto comprende paño central, bordes y fichas).

4.21. En cada cambio de pagador, se limpiará correctamente el sabot, cortes y descarte.

 

5.-DEL ESTABLECIMIENTO

5.1. El establecimiento deberá asegurar la limpieza con agua y lavandina de todas las superficies de manera constante.

5.2.  Se  deben  desinfectar  las  máquinas  electrónicas  de  juegos  de  azar  y  las  butacas  de  cada  una  de  ellas. Dicho procedimiento debe realizarse al inicio y finalización de la jornada. También cada vez que se produzca un cambio de apostador.

5.3.  DENTRO  DEL  ESTABLECIMIENTO  queda PROHIBIDA  la  realización  de  shows  en  vivo  (bandas, solistas, karaoke, entre otros). También queda PROHIBIDO la reproducción de música que exceda el límite máximo de 80 decibeles de sonoridad.

5.4.  Se  debe  proveer  de  dispensadores  con  alcohol  en  gel  o  soluciones  desinfectantes  para  manos, distribuidos en todo el establecimiento y de manera accesible a asistentes y personal.

5.5.  En  caso  que  se  efectúen  pagos  con  tarjetas  de  crédito  o  débito,  se  deberán  desinfectar  tanto  la  tarjeta como el posnet utilizadocon solución de agua y alcohol,manipulados por una única persona.

5.6.  En  los  lugares  donde  se  generen  filas,  como  en  los  ingresos  y  los  baños,  se  pondrán  en  el  piso demarcaciones para respetar la distancia social.

5.7. Se recomienda la instalación de una barrera física real (vidrio, acrílico, etc.) entre personal de cobro y el cliente  (de  no  contar  con  esto  respetar  el  distanciamiento  mínimo  de  2  metros  entre  dos  personas).  Deberá haber una persona encargada únicamente del cobro.

5.8. A fin de evitar aglomeración de gente, se debe incrementar las terminales de pago de autoservicio para pago  de  premios.  Se  deberá  demarcar  las  líneas  de  espera.  Serán  desinfectados  luego  de  ser  utilizados  por cada cliente, haciendo hincapié en las zonas de contactos.

5.9. A fin de reducir el tránsito de personas por la línea de cajas, se aconseja incrementar el límite de pagos manuales de las máquinas electrónicas de juegos de azar (Hand Pay)

5.10.  El  servicio  de  cafetería,  bebidas  y  comestibles  deberá  prestarse  en  el  lugar  en  que  se  encuentre  el apostador,  de  manera  tal  de  evitar  el  desplazamiento  de  éste.  Los  asistentes  deberán  ser  siempre  atendidos por la misma persona.

5.11. No se permite la utilización de tarjetas individuales de las salas para el canje de puntos /obsequios.

5.12. No se permite el uso de guadarropas

5.13. No se permite el uso de sectores de esparcimiento

 

6. PROTOCOLO SERVICIO TÉCNICO–PST

Luego  del  llamado  del  apostador  al  Servicio  Técnico  por  diferentes  motivos,  se  activará  el  siguiente protocolo:

6.1.  El  técnico  deberá  respetar  el  distanciamiento  social  establecido  antes  de  comenzar  la  revisión  de  la máquina electrónica de juegos de azar del apostador.

6.2. Una vez finalizado el servicio, se implementará la limpieza e higiene que será realizadapor el personal de limpieza afectado a dicha tarea en esa zona/área.

6.3. Luego del servicio, el apostador podrá retornar a su máquina para continuar sus apuestas.

 

7. PROTOCOLO PARA EL PERSONAL

El  protocolo  a  cumplir  por  el  personal  que  realiza  tareas  administrativas,  de  seguridad  y  otras,  será indefectiblemente  dar  con  el  cumplimiento  de  los  diferentes  capítulos  de  este  Protocolo.  Además,  se implementarán otras modalidades a saber:

7.1. No podrá ingresar al establecimiento ningún trabajador enfermo. Diariamente se tomará la temperatura de cada empleado al ingreso al establecimiento.

7.2. Al ingresar al establecimiento deberá realizarse un lavado de manos con abundante agua y jabón líquido durante 30 segundos, deberá secarse con toallas de papel descartable y desecharlas en el basurero.

7.3. Deberán utilizar ropa de trabajo específica para la tarea a desarrollar y dependiendo del riesgo al que se encuentran expuestos. Se dispondrá de un lugar para uso de los trabajadores donde deberán quitarse la ropa de calle y cambiarla por la ropa de trabajo al inicio y fin de la jornada laboral.

7.4.  Todos  los  trabajadores  deberán  usar  máscara  o  cubre  nariz,  boca  y  mentón  de  manera  ininterrumpida durante toda la jornada laboral.

7.5.  El  empleador  proveerá  al  personalobligatoriamente  los  siguientes  insumos  y  elementos  de  protección: Alcohol  en  gel,  cubre  nariz,  boca  y  mentón  de  tela  o  máscara,  correcto  funcionamiento  de  los  sanitarios (agua, jabón líquido y toallas de papel), rociador con alcohol y agua al 70%, lavandina, trapos de piso y todo otro elemento de higiene necesario para el trabajo.

7.6.  Se  deben  instalar  separador  (blindex,  vidrio,  acrílico  o  similar)  entre  los  puestos  de  trabajo  de  las oficinas o distanciamiento de 2 mts entre puestos de trabajo.

7.7.  Queda  prohibido  la  reunión  de  personas  para  momentos  de  descanso,  esparcimiento,  comidas  o cualquier  otro  tipo  de  actividad,  que  se  realice  en  espacios  cerrados  sin  el  estricto  cumplimiento  de  la distancia  social  de  2  metros  entre  concurrentes  y  sin  la  ventilación  adecuada.  La  parte  empleadora  deberá adecuar  los  turnos  de  descanso,  los  espacios  y  los  controles  necesarios  para  dar  cumplimiento  a  lo  aquí establecido.

7.8. Si se manipulara documentos/dinero, realizar lavado de manos frecuentemente con agua y jabón neutro o higienizar manos con alcohol en gel, evitando el contacto de manos con ojos, nariz y boca.

7.9. No compartir objetos ni elementos de trabajo de uso personal.

8. PROVEEDORES

8.1 Proveedores: Se recomienda fijar un máximo de 3 días a la semanapara la recepción de la mercadería y en  horario  que  no  coincidan  con  el  funcionamiento  de  la  actividad.  Quienes  reciban  y  quienes  entreguen mercadería deberán usar guantes, cubre nariz, boca y mentón.

8.2. Receptores: los que reciban la mercadería tendrán que desinfectar sus manos antes y después de hacerlo.

8.3. Se debe higienizar y desinfectar la mercadería y todos los elementos que sean provistos por las empresas antes de ingresar al establecimiento.

8.4. El establecimiento habilitará una “zona sucia” para recepción de mercadería y será la única zona a la que podrá acceder el proveedor que deberá estar controlado por quien recibe la mercadería.

 

9.  GASTRONOMÍA

Si  se  encuentra  habilitado  el  servicio  de  gastronomía,  respecto  de  la  capacidad  y  demás  medidas  de funcionamiento,  protección  y  seguridad,  deberán  seguirse  los  protocolos  establecidos  por  la  autoridad provincial para dicho rubro, aprobados por Decreto N° 1089/20 y sus modificatorios

 



[1]  Nota de Redacción: Título dado por redacción DI.