DECRETO Nº 3295-2010
MONTOS DE BECAS Y PRÉSTAMOS[1].
Estado de la norma: VIGENTE
Publicado en B.O. Nº 2924 del 23-12-2010.-
Dictado el 10-12-2010.-
Operador del Digesto: R. S.-
Art. 1º.- Determínanse los montos de Becas y Préstamos estudiantiles reintegrables correspondientes a los meses de marzo a diciembre de 2010, por un monto total según se indica en cada caso:
Becas para estudios de Nivel E.G.B.-Polimodal $ 720.-
Becas para estudios de Nivel Terciario $ 900.-
Becas para estudios de Nivel Universitario $ 1.200.-
Préstamos para estudios de Nivel Universitario
$ 2.000.-
Art. 2º.- Otórganse Becas y Préstamos a los estudiantes detallados en los Anexos I y II que forman parte del presente Decreto, de acuerdo con lo establecido en la Ley N° 967, por el periodo marzo-diciembre de 2010.- (S/Expte. Nº 12201/10)
Art. 3º.- La Habilitación de Cultura y Educación, previa intervención de Contaduría General, transferirá al Banco de La Pampa la suma de $ 108.240,00.-, con destino a los beneficiarios de Becas y $ 2.000,00.- con destino a los beneficiarios de Préstamos reintegrables, por el periodo marzo-diciembre de 2010.-