Tribunal
de Cuentas de la Provincia de La Pampa
Decreto Nº 3240-2009
Sustitución Artículo 2º inciso a) del Decreto Nº 1237/83
Estado de la Norma: VIGENTE
Publicado en B.O. Nº 2875 del 15-01-2010.-
Dictado el 29-12-2009.-
Operador de Digesto: M. B.-
Art. 1º.- Sustitúyase el artículo 2° inciso a) del Decreto Nº 1237/83, modificado por Decreto N° 810/02, el cual quedará redactado de la siguiente manera:
"Artículo 2°.- Considéranse tareas penosas, riesgosas, insalubres o determinantes de vejez o agotamiento prematuro las siguientes: a) Desempeño permanente por parte de agentes de salud debidamente autorizados, en servicios donde se manejen rayos x, radio, radioisótopos, expuestos a la acción de sustancias radiactivas, pertenecientes a establecimientos asistenciales de niveles de complejidad 2, 3, 4, 5, 6, y 8, de acuerdo a la clasificación establecida en la Ley Nº 1279 de Carrera Sanitaria.-